Servicio de líneas de autobús escolar con destino a escuelas de enseñanza infantil y primaria, e institutos de secundaria situados mayoritariamente en el Baix Penedès

Servicio de líneas de autobús escolar con destino a escuelas de enseñanza infantil y primaria, e institutos de secundaria situados mayoritariamente en el Baix Penedès, de acuerdo con la modalidad establecida en el artículo 2.1.a) «Servicio escolar de transporte discrecional consolidado con reiteración de itinerario» establecido en el Decreto 161/1996, …

CPV: 60130000 Usługi w zakresie specjalistycznego transportu drogowego osób
Miejsce wykonania:
Servicio de líneas de autobús escolar con destino a escuelas de enseñanza infantil y primaria, e institutos de secundaria situados mayoritariamente en el Baix Penedès
Miejsce udzielenia zamówienia:
Consell Comarcal del Baix Penedès
Numer nagrody:
2429/2023

1. Comprador

1.1 Comprador

Denominación oficial : Consell Comarcal del Baix Penedès
Naturaleza jurídica del comprador : Autoridad local
Actividad del poder adjudicador : Servicios públicos generales

2. Procedimiento

2.1 Procedimiento

Título : Servicio de líneas de autobús escolar con destino a escuelas de enseñanza infantil y primaria, e institutos de secundaria situados mayoritariamente en el Baix Penedès
Descripción : Servicio de líneas de autobús escolar con destino a escuelas de enseñanza infantil y primaria, e institutos de secundaria situados mayoritariamente en el Baix Penedès, de acuerdo con la modalidad establecida en el artículo 2.1.a) «Servicio escolar de transporte discrecional consolidado con reiteración de itinerario» establecido en el Decreto 161/1996, de 14 de mayo, sobre servicio de transporte escolar, concretado por los centros públicos de educación infantil, primaria y secundaria situados mayoritariamente en la comarca. Con carácter general, los servicios que se quieren contratar consisten en atender el servicio de transporte escolar de los menores de edad dentro del periodo lectivo escolar, y con el fin de implementar políticas de integración de la vida laboral y familiar, así como servir de medida para facilitar la escolarización de los alumnos.
Identificador del procedimiento : 41cfd9a0-5103-4a60-b95f-4704944563e4
Anuncio anterior : 387083-2023
Identificador interno : 2429/2023
Tipo de procedimiento : Abierto
Justificación del procedimiento acelerado :
Principales características del procedimiento :

2.1.1 Finalidad

Naturaleza del contrato : Servicios
Clasificación principal ( cpv ): 60130000 Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera

2.1.2 Lugar de ejecución

Subdivisión del país (NUTS) : Tarragona ( ES514 )
País : España

2.1.3 Valor

Valor estimado, IVA excluido : 6 118 986,24 Euro

2.1.4 Información general

Base jurídica :
Directiva 2014/24/UE

5. Lote

5.1 Identificación técnica del lote : LOT-0001

Título : Lote 1 4 lineas TEC obligatorio, origen Llorenç del Penedès
Descripción : 4 lineas TEC obligatorio, origen Llorenç del Penedès
Identificador interno : Lot 1

5.1.1 Finalidad

Naturaleza del contrato : Servicios
Clasificación principal ( cpv ): 60130000 Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera
Clasificación adicional ( cpv ): 60130000 Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera
Opciones :
Descripción de las opciones : Previstas, con el límite del 20% del precio inicial y obligatoria por el contratista (Art. 206LCSP), por las causas que se indican: Ampliación, disminución, sustitución de los vehículos adscritos al servicio, por otros de mayor o menor capacidad, con motivo de aumento o disminución del alumnado usuario del servicio. Modificación del itinerario de la ruta que comporte disminuir o alargar su recorrido en función de las necesidades del servicio. Adición de un/a acompañante a la ruta para atender al alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidades graves o permanentes y/o con movilidad reducida, para que el número de acompañantes se adapte a lo establecido en el art. 6.3 del Decreto 161/1996, de 14 de mayo, por el que se regula el servicio escolar de transporte. Por otros supuestos no previstos por razones de interés público o por atender causas imprevistas. El precio unitario (€/día) por vehículo-línea será el mismo resultante de la adjudicación del contrato.

5.1.2 Lugar de ejecución

Subdivisión del país (NUTS) : Tarragona ( ES514 )
País : España
Información complementaria :

5.1.3 Duración estimada

Fecha de inicio : 01/09/2023
Fecha de finalización de la duración : 22/06/2025

5.1.4 Renovación

Número máximo de renovaciones : 2

5.1.5 Valor

Valor estimado, IVA excluido : 581 575,68 Euro

5.1.6 Información general

Proyecto de contratación pública no financiado con fondos de la UE
La contratación pública está cubierta por el Acuerdo sobre Contratación Pública (ACP) :

5.1.10 Criterios de adjudicación

Criterio :
Tipo : Calidad
Nombre :
Descripción : Antigüedad de los vehículos titulares desde la primera matriculación
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 20
Criterio :
Tipo : Calidad
Nombre :
Descripción : Formación continuada de los acompañantes
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 10
Criterio :
Tipo : Calidad
Nombre :
Descripción : Distintivo ambiental del vehículo titular
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 10
Criterio :
Tipo : Coste
Nombre :
Descripción : oferta económica
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 60
Descripción del método que debe utilizarse si la ponderación no puede expresarse mediante criterios :
Justificación de la no indicación de la ponderación de los criterios de adjudicación :

5.1.12 Condiciones de la contratación pública

Información sobre los plazos de revisión : Información precisa sobre el plazo o los plazos de recurso: 1) El procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de 15 díashábiles. Dicho plazo se computará: 1.a) Cuando se interponga contra el anuncio de licitación, el plazo comenzará a contarse a partir del díasiguiente al de su publicación en el perfil de contratante; 1.b) Cuando el recurso se interponga contra el contenido de los pliegos y demás documentos contractuales,el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante elanuncio de licitación, siempre que en este se haya indicado la forma en que los interesados pueden accedera ellos. Cuando no se hiciera esta indicación el plazo comenzará a contar a partir del día siguiente a aquel enque se le hayan entregado al interesado los mismos o este haya podido acceder a su contenido a través delperfil de contratante. En el caso del procedimiento negociado sin publicidad el cómputo del plazo comenzará desde el día siguiente ala remisión de la invitación a los candidatos seleccionados. En los supuestos en que, de conformidad con lo establecido en el artículo 138.2 de la presente Ley, los pliegosno pudieran ser puestos a disposición por medios electrónicos, el plazo se computará a partir del día siguienteen que se hubieran entregado al recurrente. Con carácter general no se admitirá el recurso contra los pliegos y documentos contractuales que hayan deregir una contratación si el recurrente, con carácter previo a su interposición, hubiera presentado oferta osolicitud de participación en la licitación correspondiente, sin perjuicio de lo previsto para los supuestos denulidad de pleno derecho; 1.c) Cuando se interponga contra actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación o contra unacto resultante de la aplicación del procedimiento negociado sin publicidad, el cómputo se iniciará a partir deldía siguiente a aquel en que se haya tenido conocimiento de la posible infracción; 1.d) Cuando se interponga contra la adjudicación del contrato el cómputo se iniciará a partir del día siguiente aaquel en que se haya notificado esta de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquintaa los candidatos o licitadores que hubieran sido admitidos en el procedimiento; 1.e) Cuando el recurso se interponga en relación con alguna modificación basada en el incumplimiento de loestablecido en los artículos 204 y 205 de la presente Ley, por entender que la modificación debió ser objeto deuna nueva adjudicación, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante; 1.f) Cuando el recurso se interponga contra un encargo a medio propio por no cumplir los requisitosestablecidos en el artículo 32 de la presente Ley, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en elperfil de contratante; 1.g) En todos los demás casos, el plazo comenzará a contar desde el día siguiente al de la notificaciónrealizada de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta; 2) No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando el recurso se funde en alguna de las causas denulidad previstas en el apartado 2, letras c), d), e) o f) del artículo 39, el plazo de interposición será el siguiente: 2.a) 30 días a contar desde la publicación de la formalización del contrato en la forma prevista en esta Ley,incluyendo las razones justificativas por las que no se ha publicado en forma legal la convocatoria de lalicitación o desde la notificación a los candidatos o licitadores afectados, de los motivos del rechazo desu candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fuerondeterminantes de la adjudicación a su favor; 2.b) En los restantes casos, antes de que transcurran 6 meses a contar desde la formalización del contrato.

5.1.15 Técnicas

Acuerdo marco :
Ningún acuerdo marco
Información sobre el sistema dinámico de adquisición :
Ningún sistema dinámico de adquisición

5.1.16 Información adicional, mediación y recurso

Organización encargada de los procedimientos de recurso : Tribunal de Contractes del Sector Públic -
Información sobre los plazos de revisión : Información precisa sobre el plazo o los plazos de recurso: 1) El procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de 15 díashábiles. Dicho plazo se computará: 1.a) Cuando se interponga contra el anuncio de licitación, el plazo comenzará a contarse a partir del díasiguiente al de su publicación en el perfil de contratante; 1.b) Cuando el recurso se interponga contra el contenido de los pliegos y demás documentos contractuales,el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante elanuncio de licitación, siempre que en este se haya indicado la forma en que los interesados pueden accedera ellos. Cuando no se hiciera esta indicación el plazo comenzará a contar a partir del día siguiente a aquel enque se le hayan entregado al interesado los mismos o este haya podido acceder a su contenido a través delperfil de contratante. En el caso del procedimiento negociado sin publicidad el cómputo del plazo comenzará desde el día siguiente ala remisión de la invitación a los candidatos seleccionados. En los supuestos en que, de conformidad con lo establecido en el artículo 138.2 de la presente Ley, los pliegosno pudieran ser puestos a disposición por medios electrónicos, el plazo se computará a partir del día siguienteen que se hubieran entregado al recurrente. Con carácter general no se admitirá el recurso contra los pliegos y documentos contractuales que hayan deregir una contratación si el recurrente, con carácter previo a su interposición, hubiera presentado oferta osolicitud de participación en la licitación correspondiente, sin perjuicio de lo previsto para los supuestos denulidad de pleno derecho; 1.c) Cuando se interponga contra actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación o contra unacto resultante de la aplicación del procedimiento negociado sin publicidad, el cómputo se iniciará a partir deldía siguiente a aquel en que se haya tenido conocimiento de la posible infracción; 1.d) Cuando se interponga contra la adjudicación del contrato el cómputo se iniciará a partir del día siguiente aaquel en que se haya notificado esta de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquintaa los candidatos o licitadores que hubieran sido admitidos en el procedimiento; 1.e) Cuando el recurso se interponga en relación con alguna modificación basada en el incumplimiento de loestablecido en los artículos 204 y 205 de la presente Ley, por entender que la modificación debió ser objeto deuna nueva adjudicación, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante; 1.f) Cuando el recurso se interponga contra un encargo a medio propio por no cumplir los requisitosestablecidos en el artículo 32 de la presente Ley, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en elperfil de contratante; 1.g) En todos los demás casos, el plazo comenzará a contar desde el día siguiente al de la notificaciónrealizada de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta; 2) No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando el recurso se funde en alguna de las causas denulidad previstas en el apartado 2, letras c), d), e) o f) del artículo 39, el plazo de interposición será el siguiente: 2.a) 30 días a contar desde la publicación de la formalización del contrato en la forma prevista en esta Ley,incluyendo las razones justificativas por las que no se ha publicado en forma legal la convocatoria de lalicitación o desde la notificación a los candidatos o licitadores afectados, de los motivos del rechazo desu candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fuerondeterminantes de la adjudicación a su favor; 2.b) En los restantes casos, antes de que transcurran 6 meses a contar desde la formalización del contrato.

5.1 Identificación técnica del lote : LOT-0002

Título : Lote 2 2 lineas TEC obligatori, origen Banyeres del Penedès
Descripción : 2 lineas TEC obligatori, origen Banyeres del Penedès
Identificador interno : Lot 2

5.1.1 Finalidad

Naturaleza del contrato : Servicios
Clasificación principal ( cpv ): 60130000 Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera
Clasificación adicional ( cpv ): 60130000 Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera
Opciones :
Descripción de las opciones : Previstas, con el límite del 20% del precio inicial y obligatoria por el contratista (Art. 206LCSP), por las causas que se indican: Ampliación, disminución, sustitución de los vehículos adscritos al servicio, por otros de mayor o menor capacidad, con motivo de aumento o disminución del alumnado usuario del servicio. Modificación del itinerario de la ruta que comporte disminuir o alargar su recorrido en función de las necesidades del servicio. Adición de un/a acompañante a la ruta para atender al alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidades graves o permanentes y/o con movilidad reducida, para que el número de acompañantes se adapte a lo establecido en el art. 6.3 del Decreto 161/1996, de 14 de mayo, por el que se regula el servicio escolar de transporte. Por otros supuestos no previstos por razones de interés público o por atender causas imprevistas. El precio unitario (€/día) por vehículo-línea será el mismo resultante de la adjudicación del contrato.

5.1.2 Lugar de ejecución

Subdivisión del país (NUTS) : Tarragona ( ES514 )
País : España
Información complementaria :

5.1.3 Duración estimada

Fecha de inicio : 01/09/2023
Fecha de finalización de la duración : 22/06/2025

5.1.4 Renovación

Número máximo de renovaciones : 2

5.1.5 Valor

Valor estimado, IVA excluido : 327 412,8 Euro

5.1.6 Información general

Proyecto de contratación pública no financiado con fondos de la UE
La contratación pública está cubierta por el Acuerdo sobre Contratación Pública (ACP) :

5.1.10 Criterios de adjudicación

Criterio :
Tipo : Calidad
Nombre :
Descripción : Antigüedad de los vehículos titulares desde la primera matriculación
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 20
Criterio :
Tipo : Calidad
Nombre :
Descripción : Formación continuada de los acompañantes
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 10
Criterio :
Tipo : Calidad
Nombre :
Descripción : Distintivo ambiental del vehículo titular
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 10
Criterio :
Tipo : Coste
Nombre :
Descripción : Oferta económica
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 60
Descripción del método que debe utilizarse si la ponderación no puede expresarse mediante criterios :
Justificación de la no indicación de la ponderación de los criterios de adjudicación :

5.1.12 Condiciones de la contratación pública

Información sobre los plazos de revisión : Información precisa sobre el plazo o los plazos de recurso: 1) El procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de 15 díashábiles. Dicho plazo se computará: 1.a) Cuando se interponga contra el anuncio de licitación, el plazo comenzará a contarse a partir del díasiguiente al de su publicación en el perfil de contratante; 1.b) Cuando el recurso se interponga contra el contenido de los pliegos y demás documentos contractuales,el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante elanuncio de licitación, siempre que en este se haya indicado la forma en que los interesados pueden accedera ellos. Cuando no se hiciera esta indicación el plazo comenzará a contar a partir del día siguiente a aquel enque se le hayan entregado al interesado los mismos o este haya podido acceder a su contenido a través delperfil de contratante. En el caso del procedimiento negociado sin publicidad el cómputo del plazo comenzará desde el día siguiente ala remisión de la invitación a los candidatos seleccionados. En los supuestos en que, de conformidad con lo establecido en el artículo 138.2 de la presente Ley, los pliegosno pudieran ser puestos a disposición por medios electrónicos, el plazo se computará a partir del día siguienteen que se hubieran entregado al recurrente. Con carácter general no se admitirá el recurso contra los pliegos y documentos contractuales que hayan deregir una contratación si el recurrente, con carácter previo a su interposición, hubiera presentado oferta osolicitud de participación en la licitación correspondiente, sin perjuicio de lo previsto para los supuestos denulidad de pleno derecho; 1.c) Cuando se interponga contra actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación o contra unacto resultante de la aplicación del procedimiento negociado sin publicidad, el cómputo se iniciará a partir deldía siguiente a aquel en que se haya tenido conocimiento de la posible infracción; 1.d) Cuando se interponga contra la adjudicación del contrato el cómputo se iniciará a partir del día siguiente aaquel en que se haya notificado esta de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquintaa los candidatos o licitadores que hubieran sido admitidos en el procedimiento; 1.e) Cuando el recurso se interponga en relación con alguna modificación basada en el incumplimiento de loestablecido en los artículos 204 y 205 de la presente Ley, por entender que la modificación debió ser objeto deuna nueva adjudicación, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante; 1.f) Cuando el recurso se interponga contra un encargo a medio propio por no cumplir los requisitosestablecidos en el artículo 32 de la presente Ley, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en elperfil de contratante; 1.g) En todos los demás casos, el plazo comenzará a contar desde el día siguiente al de la notificaciónrealizada de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta; 2) No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando el recurso se funde en alguna de las causas denulidad previstas en el apartado 2, letras c), d), e) o f) del artículo 39, el plazo de interposición será el siguiente: 2.a) 30 días a contar desde la publicación de la formalización del contrato en la forma prevista en esta Ley,incluyendo las razones justificativas por las que no se ha publicado en forma legal la convocatoria de lalicitación o desde la notificación a los candidatos o licitadores afectados, de los motivos del rechazo desu candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fuerondeterminantes de la adjudicación a su favor; 2.b) En los restantes casos, antes de que transcurran 6 meses a contar desde la formalización del contrato.

5.1.15 Técnicas

Acuerdo marco :
Ningún acuerdo marco
Información sobre el sistema dinámico de adquisición :
Ningún sistema dinámico de adquisición

5.1.16 Información adicional, mediación y recurso

Organización encargada de los procedimientos de recurso : Tribunal de Contractes del Sector Públic -
Información sobre los plazos de revisión : Información precisa sobre el plazo o los plazos de recurso: 1) El procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de 15 díashábiles. Dicho plazo se computará: 1.a) Cuando se interponga contra el anuncio de licitación, el plazo comenzará a contarse a partir del díasiguiente al de su publicación en el perfil de contratante; 1.b) Cuando el recurso se interponga contra el contenido de los pliegos y demás documentos contractuales,el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante elanuncio de licitación, siempre que en este se haya indicado la forma en que los interesados pueden accedera ellos. Cuando no se hiciera esta indicación el plazo comenzará a contar a partir del día siguiente a aquel enque se le hayan entregado al interesado los mismos o este haya podido acceder a su contenido a través delperfil de contratante. En el caso del procedimiento negociado sin publicidad el cómputo del plazo comenzará desde el día siguiente ala remisión de la invitación a los candidatos seleccionados. En los supuestos en que, de conformidad con lo establecido en el artículo 138.2 de la presente Ley, los pliegosno pudieran ser puestos a disposición por medios electrónicos, el plazo se computará a partir del día siguienteen que se hubieran entregado al recurrente. Con carácter general no se admitirá el recurso contra los pliegos y documentos contractuales que hayan deregir una contratación si el recurrente, con carácter previo a su interposición, hubiera presentado oferta osolicitud de participación en la licitación correspondiente, sin perjuicio de lo previsto para los supuestos denulidad de pleno derecho; 1.c) Cuando se interponga contra actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación o contra unacto resultante de la aplicación del procedimiento negociado sin publicidad, el cómputo se iniciará a partir deldía siguiente a aquel en que se haya tenido conocimiento de la posible infracción; 1.d) Cuando se interponga contra la adjudicación del contrato el cómputo se iniciará a partir del día siguiente aaquel en que se haya notificado esta de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquintaa los candidatos o licitadores que hubieran sido admitidos en el procedimiento; 1.e) Cuando el recurso se interponga en relación con alguna modificación basada en el incumplimiento de loestablecido en los artículos 204 y 205 de la presente Ley, por entender que la modificación debió ser objeto deuna nueva adjudicación, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante; 1.f) Cuando el recurso se interponga contra un encargo a medio propio por no cumplir los requisitosestablecidos en el artículo 32 de la presente Ley, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en elperfil de contratante; 1.g) En todos los demás casos, el plazo comenzará a contar desde el día siguiente al de la notificaciónrealizada de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta; 2) No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando el recurso se funde en alguna de las causas denulidad previstas en el apartado 2, letras c), d), e) o f) del artículo 39, el plazo de interposición será el siguiente: 2.a) 30 días a contar desde la publicación de la formalización del contrato en la forma prevista en esta Ley,incluyendo las razones justificativas por las que no se ha publicado en forma legal la convocatoria de lalicitación o desde la notificación a los candidatos o licitadores afectados, de los motivos del rechazo desu candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fuerondeterminantes de la adjudicación a su favor; 2.b) En los restantes casos, antes de que transcurran 6 meses a contar desde la formalización del contrato.
Organización que proporciona información adicional sobre el procedimiento de contratación : Consell Comarcal del Baix Penedès -

5.1 Identificación técnica del lote : LOT-0003

Título : lote 3 3 líneas TEC obligatorio, origen Bellvei
Descripción : 3 líneas TEC obligatorio, origen Bellvei
Identificador interno : Lot 3

5.1.1 Finalidad

Naturaleza del contrato : Servicios
Clasificación principal ( cpv ): 60130000 Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera
Clasificación adicional ( cpv ): 60130000 Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera
Opciones :
Descripción de las opciones : Previstas, con el límite del 20% del precio inicial y obligatoria por el contratista (Art. 206LCSP), por las causas que se indican: Ampliación, disminución, sustitución de los vehículos adscritos al servicio, por otros de mayor o menor capacidad, con motivo de aumento o disminución del alumnado usuario del servicio. Modificación del itinerario de la ruta que comporte disminuir o alargar su recorrido en función de las necesidades del servicio. Adición de un/a acompañante a la ruta para atender al alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidades graves o permanentes y/o con movilidad reducida, para que el número de acompañantes se adapte a lo establecido en el art. 6.3 del Decreto 161/1996, de 14 de mayo, por el que se regula el servicio escolar de transporte. Por otros supuestos no previstos por razones de interés público o por atender causas imprevistas. El precio unitario (€/día) por vehículo-línea será el mismo resultante de la adjudicación del contrato.

5.1.2 Lugar de ejecución

Subdivisión del país (NUTS) : Tarragona ( ES514 )
País : España
Información complementaria :

5.1.3 Duración estimada

Fecha de inicio : 01/09/2023
Fecha de finalización de la duración : 22/06/2025

5.1.4 Renovación

Número máximo de renovaciones : 2

5.1.5 Valor

Valor estimado, IVA excluido : 463 501,44 Euro

5.1.6 Información general

Proyecto de contratación pública no financiado con fondos de la UE
La contratación pública está cubierta por el Acuerdo sobre Contratación Pública (ACP) :

5.1.10 Criterios de adjudicación

Criterio :
Tipo : Calidad
Nombre :
Descripción : Antigüedad de los vehículos titulares desde la primera matriculación
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 20
Criterio :
Tipo : Calidad
Nombre :
Descripción : Formación continuada de los acompañantes
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 10
Criterio :
Tipo : Calidad
Nombre :
Descripción : Distintivo ambiental del vehículo titular
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 10
Criterio :
Tipo : Coste
Nombre :
Descripción : oferta económica
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 60
Descripción del método que debe utilizarse si la ponderación no puede expresarse mediante criterios :
Justificación de la no indicación de la ponderación de los criterios de adjudicación :

5.1.12 Condiciones de la contratación pública

Información sobre los plazos de revisión : Información precisa sobre el plazo o los plazos de recurso: 1) El procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de 15 díashábiles. Dicho plazo se computará: 1.a) Cuando se interponga contra el anuncio de licitación, el plazo comenzará a contarse a partir del díasiguiente al de su publicación en el perfil de contratante; 1.b) Cuando el recurso se interponga contra el contenido de los pliegos y demás documentos contractuales,el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante elanuncio de licitación, siempre que en este se haya indicado la forma en que los interesados pueden accedera ellos. Cuando no se hiciera esta indicación el plazo comenzará a contar a partir del día siguiente a aquel enque se le hayan entregado al interesado los mismos o este haya podido acceder a su contenido a través delperfil de contratante. En el caso del procedimiento negociado sin publicidad el cómputo del plazo comenzará desde el día siguiente ala remisión de la invitación a los candidatos seleccionados. En los supuestos en que, de conformidad con lo establecido en el artículo 138.2 de la presente Ley, los pliegosno pudieran ser puestos a disposición por medios electrónicos, el plazo se computará a partir del día siguienteen que se hubieran entregado al recurrente. Con carácter general no se admitirá el recurso contra los pliegos y documentos contractuales que hayan deregir una contratación si el recurrente, con carácter previo a su interposición, hubiera presentado oferta osolicitud de participación en la licitación correspondiente, sin perjuicio de lo previsto para los supuestos denulidad de pleno derecho; 1.c) Cuando se interponga contra actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación o contra unacto resultante de la aplicación del procedimiento negociado sin publicidad, el cómputo se iniciará a partir deldía siguiente a aquel en que se haya tenido conocimiento de la posible infracción; 1.d) Cuando se interponga contra la adjudicación del contrato el cómputo se iniciará a partir del día siguiente aaquel en que se haya notificado esta de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquintaa los candidatos o licitadores que hubieran sido admitidos en el procedimiento; 1.e) Cuando el recurso se interponga en relación con alguna modificación basada en el incumplimiento de loestablecido en los artículos 204 y 205 de la presente Ley, por entender que la modificación debió ser objeto deuna nueva adjudicación, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante; 1.f) Cuando el recurso se interponga contra un encargo a medio propio por no cumplir los requisitosestablecidos en el artículo 32 de la presente Ley, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en elperfil de contratante; 1.g) En todos los demás casos, el plazo comenzará a contar desde el día siguiente al de la notificaciónrealizada de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta; 2) No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando el recurso se funde en alguna de las causas denulidad previstas en el apartado 2, letras c), d), e) o f) del artículo 39, el plazo de interposición será el siguiente: 2.a) 30 días a contar desde la publicación de la formalización del contrato en la forma prevista en esta Ley,incluyendo las razones justificativas por las que no se ha publicado en forma legal la convocatoria de lalicitación o desde la notificación a los candidatos o licitadores afectados, de los motivos del rechazo desu candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fuerondeterminantes de la adjudicación a su favor; 2.b) En los restantes casos, antes de que transcurran 6 meses a contar desde la formalización del contrato.

5.1.15 Técnicas

Acuerdo marco :
Ningún acuerdo marco
Información sobre el sistema dinámico de adquisición :
Ningún sistema dinámico de adquisición

5.1.16 Información adicional, mediación y recurso

Organización encargada de los procedimientos de recurso : Tribunal de Contractes del Sector Públic -
Información sobre los plazos de revisión : Información precisa sobre el plazo o los plazos de recurso: 1) El procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de 15 díashábiles. Dicho plazo se computará: 1.a) Cuando se interponga contra el anuncio de licitación, el plazo comenzará a contarse a partir del díasiguiente al de su publicación en el perfil de contratante; 1.b) Cuando el recurso se interponga contra el contenido de los pliegos y demás documentos contractuales,el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante elanuncio de licitación, siempre que en este se haya indicado la forma en que los interesados pueden accedera ellos. Cuando no se hiciera esta indicación el plazo comenzará a contar a partir del día siguiente a aquel enque se le hayan entregado al interesado los mismos o este haya podido acceder a su contenido a través delperfil de contratante. En el caso del procedimiento negociado sin publicidad el cómputo del plazo comenzará desde el día siguiente ala remisión de la invitación a los candidatos seleccionados. En los supuestos en que, de conformidad con lo establecido en el artículo 138.2 de la presente Ley, los pliegosno pudieran ser puestos a disposición por medios electrónicos, el plazo se computará a partir del día siguienteen que se hubieran entregado al recurrente. Con carácter general no se admitirá el recurso contra los pliegos y documentos contractuales que hayan deregir una contratación si el recurrente, con carácter previo a su interposición, hubiera presentado oferta osolicitud de participación en la licitación correspondiente, sin perjuicio de lo previsto para los supuestos denulidad de pleno derecho; 1.c) Cuando se interponga contra actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación o contra unacto resultante de la aplicación del procedimiento negociado sin publicidad, el cómputo se iniciará a partir deldía siguiente a aquel en que se haya tenido conocimiento de la posible infracción; 1.d) Cuando se interponga contra la adjudicación del contrato el cómputo se iniciará a partir del día siguiente aaquel en que se haya notificado esta de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquintaa los candidatos o licitadores que hubieran sido admitidos en el procedimiento; 1.e) Cuando el recurso se interponga en relación con alguna modificación basada en el incumplimiento de loestablecido en los artículos 204 y 205 de la presente Ley, por entender que la modificación debió ser objeto deuna nueva adjudicación, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante; 1.f) Cuando el recurso se interponga contra un encargo a medio propio por no cumplir los requisitosestablecidos en el artículo 32 de la presente Ley, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en elperfil de contratante; 1.g) En todos los demás casos, el plazo comenzará a contar desde el día siguiente al de la notificaciónrealizada de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta; 2) No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando el recurso se funde en alguna de las causas denulidad previstas en el apartado 2, letras c), d), e) o f) del artículo 39, el plazo de interposición será el siguiente: 2.a) 30 días a contar desde la publicación de la formalización del contrato en la forma prevista en esta Ley,incluyendo las razones justificativas por las que no se ha publicado en forma legal la convocatoria de lalicitación o desde la notificación a los candidatos o licitadores afectados, de los motivos del rechazo desu candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fuerondeterminantes de la adjudicación a su favor; 2.b) En los restantes casos, antes de que transcurran 6 meses a contar desde la formalización del contrato.
Organización que proporciona información adicional sobre el procedimiento de contratación : Consell Comarcal del Baix Penedès -

5.1 Identificación técnica del lote : LOT-0004

Título : lote 4 1 línea TEC obligatorio, origen Castellet y la Gornal
Descripción : 1 línea TEC obligatorio, origen Castellet y la Gornal
Identificador interno : Lot 4

5.1.1 Finalidad

Naturaleza del contrato : Servicios
Clasificación principal ( cpv ): 60130000 Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera
Clasificación adicional ( cpv ): 60130000 Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera
Opciones :
Descripción de las opciones : Previstas, con el límite del 20% del precio inicial y obligatoria por el contratista (Art. 206LCSP), por las causas que se indican: Ampliación, disminución, sustitución de los vehículos adscritos al servicio, por otros de mayor o menor capacidad, con motivo de aumento o disminución del alumnado usuario del servicio. Modificación del itinerario de la ruta que comporte disminuir o alargar su recorrido en función de las necesidades del servicio. Adición de un/a acompañante a la ruta para atender al alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidades graves o permanentes y/o con movilidad reducida, para que el número de acompañantes se adapte a lo establecido en el art. 6.3 del Decreto 161/1996, de 14 de mayo, por el que se regula el servicio escolar de transporte. Por otros supuestos no previstos por razones de interés público o por atender causas imprevistas. El precio unitario (€/día) por vehículo-línea será el mismo resultante de la adjudicación del contrato.

5.1.2 Lugar de ejecución

Subdivisión del país (NUTS) : Tarragona ( ES514 )
País : España
Información complementaria :

5.1.3 Duración estimada

Fecha de inicio : 01/09/2023
Fecha de finalización de la duración : 22/06/2025

5.1.4 Renovación

Número máximo de renovaciones : 2

5.1.5 Valor

Valor estimado, IVA excluido : 184 965,12 Euro

5.1.6 Información general

Proyecto de contratación pública no financiado con fondos de la UE
La contratación pública está cubierta por el Acuerdo sobre Contratación Pública (ACP) :

5.1.10 Criterios de adjudicación

Criterio :
Tipo : Calidad
Nombre :
Descripción : Antigüedad de los vehículos titulares desde la primera matriculación
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 20
Criterio :
Tipo : Calidad
Nombre :
Descripción : Formación continuada de los acompañantes
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 10
Criterio :
Tipo : Calidad
Nombre :
Descripción : Distintivo ambiental del vehículo titular
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 10
Criterio :
Tipo : Coste
Nombre :
Descripción : Oferta económica
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 60
Descripción del método que debe utilizarse si la ponderación no puede expresarse mediante criterios :
Justificación de la no indicación de la ponderación de los criterios de adjudicación :

5.1.12 Condiciones de la contratación pública

Información sobre los plazos de revisión : Información precisa sobre el plazo o los plazos de recurso: 1) El procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de 15 díashábiles. Dicho plazo se computará: 1.a) Cuando se interponga contra el anuncio de licitación, el plazo comenzará a contarse a partir del díasiguiente al de su publicación en el perfil de contratante; 1.b) Cuando el recurso se interponga contra el contenido de los pliegos y demás documentos contractuales,el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante elanuncio de licitación, siempre que en este se haya indicado la forma en que los interesados pueden accedera ellos. Cuando no se hiciera esta indicación el plazo comenzará a contar a partir del día siguiente a aquel enque se le hayan entregado al interesado los mismos o este haya podido acceder a su contenido a través delperfil de contratante. En el caso del procedimiento negociado sin publicidad el cómputo del plazo comenzará desde el día siguiente ala remisión de la invitación a los candidatos seleccionados. En los supuestos en que, de conformidad con lo establecido en el artículo 138.2 de la presente Ley, los pliegosno pudieran ser puestos a disposición por medios electrónicos, el plazo se computará a partir del día siguienteen que se hubieran entregado al recurrente. Con carácter general no se admitirá el recurso contra los pliegos y documentos contractuales que hayan deregir una contratación si el recurrente, con carácter previo a su interposición, hubiera presentado oferta osolicitud de participación en la licitación correspondiente, sin perjuicio de lo previsto para los supuestos denulidad de pleno derecho; 1.c) Cuando se interponga contra actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación o contra unacto resultante de la aplicación del procedimiento negociado sin publicidad, el cómputo se iniciará a partir deldía siguiente a aquel en que se haya tenido conocimiento de la posible infracción; 1.d) Cuando se interponga contra la adjudicación del contrato el cómputo se iniciará a partir del día siguiente aaquel en que se haya notificado esta de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquintaa los candidatos o licitadores que hubieran sido admitidos en el procedimiento; 1.e) Cuando el recurso se interponga en relación con alguna modificación basada en el incumplimiento de loestablecido en los artículos 204 y 205 de la presente Ley, por entender que la modificación debió ser objeto deuna nueva adjudicación, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante; 1.f) Cuando el recurso se interponga contra un encargo a medio propio por no cumplir los requisitosestablecidos en el artículo 32 de la presente Ley, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en elperfil de contratante; 1.g) En todos los demás casos, el plazo comenzará a contar desde el día siguiente al de la notificaciónrealizada de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta; 2) No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando el recurso se funde en alguna de las causas denulidad previstas en el apartado 2, letras c), d), e) o f) del artículo 39, el plazo de interposición será el siguiente: 2.a) 30 días a contar desde la publicación de la formalización del contrato en la forma prevista en esta Ley,incluyendo las razones justificativas por las que no se ha publicado en forma legal la convocatoria de lalicitación o desde la notificación a los candidatos o licitadores afectados, de los motivos del rechazo desu candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fuerondeterminantes de la adjudicación a su favor; 2.b) En los restantes casos, antes de que transcurran 6 meses a contar desde la formalización del contrato.

5.1.15 Técnicas

Acuerdo marco :
Ningún acuerdo marco
Información sobre el sistema dinámico de adquisición :
Ningún sistema dinámico de adquisición

5.1.16 Información adicional, mediación y recurso

Organización encargada de los procedimientos de recurso : Tribunal de Contractes del Sector Públic -
Información sobre los plazos de revisión : Información precisa sobre el plazo o los plazos de recurso: 1) El procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de 15 díashábiles. Dicho plazo se computará: 1.a) Cuando se interponga contra el anuncio de licitación, el plazo comenzará a contarse a partir del díasiguiente al de su publicación en el perfil de contratante; 1.b) Cuando el recurso se interponga contra el contenido de los pliegos y demás documentos contractuales,el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante elanuncio de licitación, siempre que en este se haya indicado la forma en que los interesados pueden accedera ellos. Cuando no se hiciera esta indicación el plazo comenzará a contar a partir del día siguiente a aquel enque se le hayan entregado al interesado los mismos o este haya podido acceder a su contenido a través delperfil de contratante. En el caso del procedimiento negociado sin publicidad el cómputo del plazo comenzará desde el día siguiente ala remisión de la invitación a los candidatos seleccionados. En los supuestos en que, de conformidad con lo establecido en el artículo 138.2 de la presente Ley, los pliegosno pudieran ser puestos a disposición por medios electrónicos, el plazo se computará a partir del día siguienteen que se hubieran entregado al recurrente. Con carácter general no se admitirá el recurso contra los pliegos y documentos contractuales que hayan deregir una contratación si el recurrente, con carácter previo a su interposición, hubiera presentado oferta osolicitud de participación en la licitación correspondiente, sin perjuicio de lo previsto para los supuestos denulidad de pleno derecho; 1.c) Cuando se interponga contra actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación o contra unacto resultante de la aplicación del procedimiento negociado sin publicidad, el cómputo se iniciará a partir deldía siguiente a aquel en que se haya tenido conocimiento de la posible infracción; 1.d) Cuando se interponga contra la adjudicación del contrato el cómputo se iniciará a partir del día siguiente aaquel en que se haya notificado esta de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquintaa los candidatos o licitadores que hubieran sido admitidos en el procedimiento; 1.e) Cuando el recurso se interponga en relación con alguna modificación basada en el incumplimiento de loestablecido en los artículos 204 y 205 de la presente Ley, por entender que la modificación debió ser objeto deuna nueva adjudicación, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante; 1.f) Cuando el recurso se interponga contra un encargo a medio propio por no cumplir los requisitosestablecidos en el artículo 32 de la presente Ley, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en elperfil de contratante; 1.g) En todos los demás casos, el plazo comenzará a contar desde el día siguiente al de la notificaciónrealizada de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta; 2) No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando el recurso se funde en alguna de las causas denulidad previstas en el apartado 2, letras c), d), e) o f) del artículo 39, el plazo de interposición será el siguiente: 2.a) 30 días a contar desde la publicación de la formalización del contrato en la forma prevista en esta Ley,incluyendo las razones justificativas por las que no se ha publicado en forma legal la convocatoria de lalicitación o desde la notificación a los candidatos o licitadores afectados, de los motivos del rechazo desu candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fuerondeterminantes de la adjudicación a su favor; 2.b) En los restantes casos, antes de que transcurran 6 meses a contar desde la formalización del contrato.
Organización que proporciona información adicional sobre el procedimiento de contratación : Consell Comarcal del Baix Penedès -

5.1 Identificación técnica del lote : LOT-0005

Título : lote 5 4 líneas TEC obligatorio, origen Santa Oliva
Descripción : 4 líneas TEC obligatorio, origen Santa Oliva
Identificador interno : lot 5

5.1.1 Finalidad

Naturaleza del contrato : Servicios
Clasificación principal ( cpv ): 60130000 Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera
Clasificación adicional ( cpv ): 60130000 Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera
Opciones :
Descripción de las opciones : Previstas, con el límite del 20% del precio inicial y obligatoria por el contratista (Art. 206LCSP), por las causas que se indican: Ampliación, disminución, sustitución de los vehículos adscritos al servicio, por otros de mayor o menor capacidad, con motivo de aumento o disminución del alumnado usuario del servicio. Modificación del itinerario de la ruta que comporte disminuir o alargar su recorrido en función de las necesidades del servicio. Adición de un/a acompañante a la ruta para atender al alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidades graves o permanentes y/o con movilidad reducida, para que el número de acompañantes se adapte a lo establecido en el art. 6.3 del Decreto 161/1996, de 14 de mayo, por el que se regula el servicio escolar de transporte. Por otros supuestos no previstos por razones de interés público o por atender causas imprevistas. El precio unitario (€/día) por vehículo-línea será el mismo resultante de la adjudicación del contrato.

5.1.2 Lugar de ejecución

Subdivisión del país (NUTS) : Tarragona ( ES514 )
País : España
Información complementaria :

5.1.3 Duración estimada

Fecha de inicio : 01/09/2023
Fecha de finalización de la duración : 22/06/2025

5.1.4 Renovación

Número máximo de renovaciones : 2

5.1.5 Valor

Valor estimado, IVA excluido : 755 326,08 Euro

5.1.6 Información general

Proyecto de contratación pública no financiado con fondos de la UE
La contratación pública está cubierta por el Acuerdo sobre Contratación Pública (ACP) :

5.1.10 Criterios de adjudicación

Criterio :
Tipo : Calidad
Nombre :
Descripción : Antigüedad de los vehículos titulares desde la primera matriculación
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 20
Criterio :
Tipo : Calidad
Nombre :
Descripción : Formación continuada de los acompañantes
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 10
Criterio :
Tipo : Calidad
Nombre :
Descripción : Distintivo ambiental del vehículo titular
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 10
Criterio :
Tipo : Coste
Nombre :
Descripción : Oferta económica
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 60
Descripción del método que debe utilizarse si la ponderación no puede expresarse mediante criterios :
Justificación de la no indicación de la ponderación de los criterios de adjudicación :

5.1.12 Condiciones de la contratación pública

Información sobre los plazos de revisión : Información precisa sobre el plazo o los plazos de recurso: 1) El procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de 15 díashábiles. Dicho plazo se computará: 1.a) Cuando se interponga contra el anuncio de licitación, el plazo comenzará a contarse a partir del díasiguiente al de su publicación en el perfil de contratante; 1.b) Cuando el recurso se interponga contra el contenido de los pliegos y demás documentos contractuales,el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante elanuncio de licitación, siempre que en este se haya indicado la forma en que los interesados pueden accedera ellos. Cuando no se hiciera esta indicación el plazo comenzará a contar a partir del día siguiente a aquel enque se le hayan entregado al interesado los mismos o este haya podido acceder a su contenido a través delperfil de contratante. En el caso del procedimiento negociado sin publicidad el cómputo del plazo comenzará desde el día siguiente ala remisión de la invitación a los candidatos seleccionados. En los supuestos en que, de conformidad con lo establecido en el artículo 138.2 de la presente Ley, los pliegosno pudieran ser puestos a disposición por medios electrónicos, el plazo se computará a partir del día siguienteen que se hubieran entregado al recurrente. Con carácter general no se admitirá el recurso contra los pliegos y documentos contractuales que hayan deregir una contratación si el recurrente, con carácter previo a su interposición, hubiera presentado oferta osolicitud de participación en la licitación correspondiente, sin perjuicio de lo previsto para los supuestos denulidad de pleno derecho; 1.c) Cuando se interponga contra actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación o contra unacto resultante de la aplicación del procedimiento negociado sin publicidad, el cómputo se iniciará a partir deldía siguiente a aquel en que se haya tenido conocimiento de la posible infracción; 1.d) Cuando se interponga contra la adjudicación del contrato el cómputo se iniciará a partir del día siguiente aaquel en que se haya notificado esta de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquintaa los candidatos o licitadores que hubieran sido admitidos en el procedimiento; 1.e) Cuando el recurso se interponga en relación con alguna modificación basada en el incumplimiento de loestablecido en los artículos 204 y 205 de la presente Ley, por entender que la modificación debió ser objeto deuna nueva adjudicación, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante; 1.f) Cuando el recurso se interponga contra un encargo a medio propio por no cumplir los requisitosestablecidos en el artículo 32 de la presente Ley, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en elperfil de contratante; 1.g) En todos los demás casos, el plazo comenzará a contar desde el día siguiente al de la notificaciónrealizada de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta; 2) No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando el recurso se funde en alguna de las causas denulidad previstas en el apartado 2, letras c), d), e) o f) del artículo 39, el plazo de interposición será el siguiente: 2.a) 30 días a contar desde la publicación de la formalización del contrato en la forma prevista en esta Ley,incluyendo las razones justificativas por las que no se ha publicado en forma legal la convocatoria de lalicitación o desde la notificación a los candidatos o licitadores afectados, de los motivos del rechazo desu candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fuerondeterminantes de la adjudicación a su favor; 2.b) En los restantes casos, antes de que transcurran 6 meses a contar desde la formalización del contrato.

5.1.15 Técnicas

Acuerdo marco :
Ningún acuerdo marco
Información sobre el sistema dinámico de adquisición :
Ningún sistema dinámico de adquisición

5.1.16 Información adicional, mediación y recurso

Organización encargada de los procedimientos de recurso : Tribunal de Contractes del Sector Públic -
Información sobre los plazos de revisión : Información precisa sobre el plazo o los plazos de recurso: 1) El procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de 15 díashábiles. Dicho plazo se computará: 1.a) Cuando se interponga contra el anuncio de licitación, el plazo comenzará a contarse a partir del díasiguiente al de su publicación en el perfil de contratante; 1.b) Cuando el recurso se interponga contra el contenido de los pliegos y demás documentos contractuales,el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante elanuncio de licitación, siempre que en este se haya indicado la forma en que los interesados pueden accedera ellos. Cuando no se hiciera esta indicación el plazo comenzará a contar a partir del día siguiente a aquel enque se le hayan entregado al interesado los mismos o este haya podido acceder a su contenido a través delperfil de contratante. En el caso del procedimiento negociado sin publicidad el cómputo del plazo comenzará desde el día siguiente ala remisión de la invitación a los candidatos seleccionados. En los supuestos en que, de conformidad con lo establecido en el artículo 138.2 de la presente Ley, los pliegosno pudieran ser puestos a disposición por medios electrónicos, el plazo se computará a partir del día siguienteen que se hubieran entregado al recurrente. Con carácter general no se admitirá el recurso contra los pliegos y documentos contractuales que hayan deregir una contratación si el recurrente, con carácter previo a su interposición, hubiera presentado oferta osolicitud de participación en la licitación correspondiente, sin perjuicio de lo previsto para los supuestos denulidad de pleno derecho; 1.c) Cuando se interponga contra actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación o contra unacto resultante de la aplicación del procedimiento negociado sin publicidad, el cómputo se iniciará a partir deldía siguiente a aquel en que se haya tenido conocimiento de la posible infracción; 1.d) Cuando se interponga contra la adjudicación del contrato el cómputo se iniciará a partir del día siguiente aaquel en que se haya notificado esta de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquintaa los candidatos o licitadores que hubieran sido admitidos en el procedimiento; 1.e) Cuando el recurso se interponga en relación con alguna modificación basada en el incumplimiento de loestablecido en los artículos 204 y 205 de la presente Ley, por entender que la modificación debió ser objeto deuna nueva adjudicación, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante; 1.f) Cuando el recurso se interponga contra un encargo a medio propio por no cumplir los requisitosestablecidos en el artículo 32 de la presente Ley, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en elperfil de contratante; 1.g) En todos los demás casos, el plazo comenzará a contar desde el día siguiente al de la notificaciónrealizada de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta; 2) No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando el recurso se funde en alguna de las causas denulidad previstas en el apartado 2, letras c), d), e) o f) del artículo 39, el plazo de interposición será el siguiente: 2.a) 30 días a contar desde la publicación de la formalización del contrato en la forma prevista en esta Ley,incluyendo las razones justificativas por las que no se ha publicado en forma legal la convocatoria de lalicitación o desde la notificación a los candidatos o licitadores afectados, de los motivos del rechazo desu candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fuerondeterminantes de la adjudicación a su favor; 2.b) En los restantes casos, antes de que transcurran 6 meses a contar desde la formalización del contrato.
Organización que proporciona información adicional sobre el procedimiento de contratación : Consell Comarcal del Baix Penedès -

5.1 Identificación técnica del lote : LOT-0006

Título : lote 6 2 líneas TEC obligatorio, origen El Montmell
Descripción : 2 líneas TEC obligatorio, origen El Montmell
Identificador interno : Lot 6

5.1.1 Finalidad

Naturaleza del contrato : Servicios
Clasificación principal ( cpv ): 60130000 Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera
Clasificación adicional ( cpv ): 60130000 Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera
Opciones :
Descripción de las opciones : Previstas, con el límite del 20% del precio inicial y obligatoria por el contratista (Art. 206LCSP), por las causas que se indican: Ampliación, disminución, sustitución de los vehículos adscritos al servicio, por otros de mayor o menor capacidad, con motivo de aumento o disminución del alumnado usuario del servicio. Modificación del itinerario de la ruta que comporte disminuir o alargar su recorrido en función de las necesidades del servicio. Adición de un/a acompañante a la ruta para atender al alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidades graves o permanentes y/o con movilidad reducida, para que el número de acompañantes se adapte a lo establecido en el art. 6.3 del Decreto 161/1996, de 14 de mayo, por el que se regula el servicio escolar de transporte. Por otros supuestos no previstos por razones de interés público o por atender causas imprevistas. El precio unitario (€/día) por vehículo-línea será el mismo resultante de la adjudicación del contrato.

5.1.2 Lugar de ejecución

Subdivisión del país (NUTS) : Tarragona ( ES514 )
País : España
Información complementaria :

5.1.3 Duración estimada

Fecha de inicio : 01/09/2023
Fecha de finalización de la duración : 22/06/2025

5.1.4 Renovación

Número máximo de renovaciones : 2

5.1.5 Valor

Valor estimado, IVA excluido : 563 423,04 Euro

5.1.6 Información general

Proyecto de contratación pública no financiado con fondos de la UE
La contratación pública está cubierta por el Acuerdo sobre Contratación Pública (ACP) :

5.1.10 Criterios de adjudicación

Criterio :
Tipo : Calidad
Nombre :
Descripción : Antigüedad de los vehículos titulares desde la primera matriculación
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 20
Criterio :
Tipo : Calidad
Nombre :
Descripción : Formación continuada de los acompañantes
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 10
Criterio :
Tipo : Calidad
Nombre :
Descripción : Distintivo ambiental del vehículo titular
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 10
Criterio :
Tipo : Coste
Nombre :
Descripción : Oferta económica
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 60
Descripción del método que debe utilizarse si la ponderación no puede expresarse mediante criterios :
Justificación de la no indicación de la ponderación de los criterios de adjudicación :

5.1.12 Condiciones de la contratación pública

Información sobre los plazos de revisión : Información precisa sobre el plazo o los plazos de recurso: 1) El procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de 15 díashábiles. Dicho plazo se computará: 1.a) Cuando se interponga contra el anuncio de licitación, el plazo comenzará a contarse a partir del díasiguiente al de su publicación en el perfil de contratante; 1.b) Cuando el recurso se interponga contra el contenido de los pliegos y demás documentos contractuales,el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante elanuncio de licitación, siempre que en este se haya indicado la forma en que los interesados pueden accedera ellos. Cuando no se hiciera esta indicación el plazo comenzará a contar a partir del día siguiente a aquel enque se le hayan entregado al interesado los mismos o este haya podido acceder a su contenido a través delperfil de contratante. En el caso del procedimiento negociado sin publicidad el cómputo del plazo comenzará desde el día siguiente ala remisión de la invitación a los candidatos seleccionados. En los supuestos en que, de conformidad con lo establecido en el artículo 138.2 de la presente Ley, los pliegosno pudieran ser puestos a disposición por medios electrónicos, el plazo se computará a partir del día siguienteen que se hubieran entregado al recurrente. Con carácter general no se admitirá el recurso contra los pliegos y documentos contractuales que hayan deregir una contratación si el recurrente, con carácter previo a su interposición, hubiera presentado oferta osolicitud de participación en la licitación correspondiente, sin perjuicio de lo previsto para los supuestos denulidad de pleno derecho; 1.c) Cuando se interponga contra actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación o contra unacto resultante de la aplicación del procedimiento negociado sin publicidad, el cómputo se iniciará a partir deldía siguiente a aquel en que se haya tenido conocimiento de la posible infracción; 1.d) Cuando se interponga contra la adjudicación del contrato el cómputo se iniciará a partir del día siguiente aaquel en que se haya notificado esta de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquintaa los candidatos o licitadores que hubieran sido admitidos en el procedimiento; 1.e) Cuando el recurso se interponga en relación con alguna modificación basada en el incumplimiento de loestablecido en los artículos 204 y 205 de la presente Ley, por entender que la modificación debió ser objeto deuna nueva adjudicación, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante; 1.f) Cuando el recurso se interponga contra un encargo a medio propio por no cumplir los requisitosestablecidos en el artículo 32 de la presente Ley, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en elperfil de contratante; 1.g) En todos los demás casos, el plazo comenzará a contar desde el día siguiente al de la notificaciónrealizada de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta; 2) No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando el recurso se funde en alguna de las causas denulidad previstas en el apartado 2, letras c), d), e) o f) del artículo 39, el plazo de interposición será el siguiente: 2.a) 30 días a contar desde la publicación de la formalización del contrato en la forma prevista en esta Ley,incluyendo las razones justificativas por las que no se ha publicado en forma legal la convocatoria de lalicitación o desde la notificación a los candidatos o licitadores afectados, de los motivos del rechazo desu candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fuerondeterminantes de la adjudicación a su favor; 2.b) En los restantes casos, antes de que transcurran 6 meses a contar desde la formalización del contrato.

5.1.15 Técnicas

Acuerdo marco :
Ningún acuerdo marco
Información sobre el sistema dinámico de adquisición :
Ningún sistema dinámico de adquisición

5.1.16 Información adicional, mediación y recurso

Organización encargada de los procedimientos de recurso : Tribunal de Contractes del Sector Públic -
Información sobre los plazos de revisión : Información precisa sobre el plazo o los plazos de recurso: 1) El procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de 15 díashábiles. Dicho plazo se computará: 1.a) Cuando se interponga contra el anuncio de licitación, el plazo comenzará a contarse a partir del díasiguiente al de su publicación en el perfil de contratante; 1.b) Cuando el recurso se interponga contra el contenido de los pliegos y demás documentos contractuales,el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante elanuncio de licitación, siempre que en este se haya indicado la forma en que los interesados pueden accedera ellos. Cuando no se hiciera esta indicación el plazo comenzará a contar a partir del día siguiente a aquel enque se le hayan entregado al interesado los mismos o este haya podido acceder a su contenido a través delperfil de contratante. En el caso del procedimiento negociado sin publicidad el cómputo del plazo comenzará desde el día siguiente ala remisión de la invitación a los candidatos seleccionados. En los supuestos en que, de conformidad con lo establecido en el artículo 138.2 de la presente Ley, los pliegosno pudieran ser puestos a disposición por medios electrónicos, el plazo se computará a partir del día siguienteen que se hubieran entregado al recurrente. Con carácter general no se admitirá el recurso contra los pliegos y documentos contractuales que hayan deregir una contratación si el recurrente, con carácter previo a su interposición, hubiera presentado oferta osolicitud de participación en la licitación correspondiente, sin perjuicio de lo previsto para los supuestos denulidad de pleno derecho; 1.c) Cuando se interponga contra actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación o contra unacto resultante de la aplicación del procedimiento negociado sin publicidad, el cómputo se iniciará a partir deldía siguiente a aquel en que se haya tenido conocimiento de la posible infracción; 1.d) Cuando se interponga contra la adjudicación del contrato el cómputo se iniciará a partir del día siguiente aaquel en que se haya notificado esta de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquintaa los candidatos o licitadores que hubieran sido admitidos en el procedimiento; 1.e) Cuando el recurso se interponga en relación con alguna modificación basada en el incumplimiento de loestablecido en los artículos 204 y 205 de la presente Ley, por entender que la modificación debió ser objeto deuna nueva adjudicación, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante; 1.f) Cuando el recurso se interponga contra un encargo a medio propio por no cumplir los requisitosestablecidos en el artículo 32 de la presente Ley, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en elperfil de contratante; 1.g) En todos los demás casos, el plazo comenzará a contar desde el día siguiente al de la notificaciónrealizada de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta; 2) No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando el recurso se funde en alguna de las causas denulidad previstas en el apartado 2, letras c), d), e) o f) del artículo 39, el plazo de interposición será el siguiente: 2.a) 30 días a contar desde la publicación de la formalización del contrato en la forma prevista en esta Ley,incluyendo las razones justificativas por las que no se ha publicado en forma legal la convocatoria de lalicitación o desde la notificación a los candidatos o licitadores afectados, de los motivos del rechazo desu candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fuerondeterminantes de la adjudicación a su favor; 2.b) En los restantes casos, antes de que transcurran 6 meses a contar desde la formalización del contrato.
Organización que proporciona información adicional sobre el procedimiento de contratación : Consell Comarcal del Baix Penedès -

5.1 Identificación técnica del lote : LOT-0007

Título : lote 7 4 líneas TEC obligatorio, origen Sant Jaume dels Domenys
Descripción : 4 líneas TEC obligatorio, origen Sant Jaume dels Domenys
Identificador interno : Lot 7

5.1.1 Finalidad

Naturaleza del contrato : Servicios
Clasificación principal ( cpv ): 60130000 Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera
Clasificación adicional ( cpv ): 60130000 Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera
Opciones :
Descripción de las opciones : Previstas, con el límite del 20% del precio inicial y obligatoria por el contratista (Art. 206LCSP), por las causas que se indican: Ampliación, disminución, sustitución de los vehículos adscritos al servicio, por otros de mayor o menor capacidad, con motivo de aumento o disminución del alumnado usuario del servicio. Modificación del itinerario de la ruta que comporte disminuir o alargar su recorrido en función de las necesidades del servicio. Adición de un/a acompañante a la ruta para atender al alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidades graves o permanentes y/o con movilidad reducida, para que el número de acompañantes se adapte a lo establecido en el art. 6.3 del Decreto 161/1996, de 14 de mayo, por el que se regula el servicio escolar de transporte. Por otros supuestos no previstos por razones de interés público o por atender causas imprevistas. El precio unitario (€/día) por vehículo-línea será el mismo resultante de la adjudicación del contrato.

5.1.2 Lugar de ejecución

Subdivisión del país (NUTS) : Tarragona ( ES514 )
País : España
Información complementaria :

5.1.3 Duración estimada

Fecha de inicio : 01/09/2023
Fecha de finalización de la duración : 22/06/2025

5.1.4 Renovación

Número máximo de renovaciones : 2

5.1.5 Valor

Valor estimado, IVA excluido : 822 787,2 Euro

5.1.6 Información general

Proyecto de contratación pública no financiado con fondos de la UE
La contratación pública está cubierta por el Acuerdo sobre Contratación Pública (ACP) :

5.1.10 Criterios de adjudicación

Criterio :
Tipo : Calidad
Nombre :
Descripción : Antigüedad de los vehículos titulares desde la primera matriculación
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 20
Criterio :
Tipo : Calidad
Nombre :
Descripción : Formación continuada de los acompañantes
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 10
Criterio :
Tipo : Calidad
Nombre :
Descripción : Distintivo ambiental del vehículo titular
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 10
Criterio :
Tipo : Coste
Nombre :
Descripción : Oferta económica
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 60
Descripción del método que debe utilizarse si la ponderación no puede expresarse mediante criterios :
Justificación de la no indicación de la ponderación de los criterios de adjudicación :

5.1.12 Condiciones de la contratación pública

Información sobre los plazos de revisión : Información precisa sobre el plazo o los plazos de recurso: 1) El procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de 15 díashábiles. Dicho plazo se computará: 1.a) Cuando se interponga contra el anuncio de licitación, el plazo comenzará a contarse a partir del díasiguiente al de su publicación en el perfil de contratante; 1.b) Cuando el recurso se interponga contra el contenido de los pliegos y demás documentos contractuales,el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante elanuncio de licitación, siempre que en este se haya indicado la forma en que los interesados pueden accedera ellos. Cuando no se hiciera esta indicación el plazo comenzará a contar a partir del día siguiente a aquel enque se le hayan entregado al interesado los mismos o este haya podido acceder a su contenido a través delperfil de contratante. En el caso del procedimiento negociado sin publicidad el cómputo del plazo comenzará desde el día siguiente ala remisión de la invitación a los candidatos seleccionados. En los supuestos en que, de conformidad con lo establecido en el artículo 138.2 de la presente Ley, los pliegosno pudieran ser puestos a disposición por medios electrónicos, el plazo se computará a partir del día siguienteen que se hubieran entregado al recurrente. Con carácter general no se admitirá el recurso contra los pliegos y documentos contractuales que hayan deregir una contratación si el recurrente, con carácter previo a su interposición, hubiera presentado oferta osolicitud de participación en la licitación correspondiente, sin perjuicio de lo previsto para los supuestos denulidad de pleno derecho; 1.c) Cuando se interponga contra actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación o contra unacto resultante de la aplicación del procedimiento negociado sin publicidad, el cómputo se iniciará a partir deldía siguiente a aquel en que se haya tenido conocimiento de la posible infracción; 1.d) Cuando se interponga contra la adjudicación del contrato el cómputo se iniciará a partir del día siguiente aaquel en que se haya notificado esta de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquintaa los candidatos o licitadores que hubieran sido admitidos en el procedimiento; 1.e) Cuando el recurso se interponga en relación con alguna modificación basada en el incumplimiento de loestablecido en los artículos 204 y 205 de la presente Ley, por entender que la modificación debió ser objeto deuna nueva adjudicación, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante; 1.f) Cuando el recurso se interponga contra un encargo a medio propio por no cumplir los requisitosestablecidos en el artículo 32 de la presente Ley, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en elperfil de contratante; 1.g) En todos los demás casos, el plazo comenzará a contar desde el día siguiente al de la notificaciónrealizada de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta; 2) No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando el recurso se funde en alguna de las causas denulidad previstas en el apartado 2, letras c), d), e) o f) del artículo 39, el plazo de interposición será el siguiente: 2.a) 30 días a contar desde la publicación de la formalización del contrato en la forma prevista en esta Ley,incluyendo las razones justificativas por las que no se ha publicado en forma legal la convocatoria de lalicitación o desde la notificación a los candidatos o licitadores afectados, de los motivos del rechazo desu candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fuerondeterminantes de la adjudicación a su favor; 2.b) En los restantes casos, antes de que transcurran 6 meses a contar desde la formalización del contrato.

5.1.15 Técnicas

Acuerdo marco :
Ningún acuerdo marco
Información sobre el sistema dinámico de adquisición :
Ningún sistema dinámico de adquisición

5.1.16 Información adicional, mediación y recurso

Organización encargada de los procedimientos de recurso : Tribunal de Contractes del Sector Públic -
Información sobre los plazos de revisión : Información precisa sobre el plazo o los plazos de recurso: 1) El procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de 15 díashábiles. Dicho plazo se computará: 1.a) Cuando se interponga contra el anuncio de licitación, el plazo comenzará a contarse a partir del díasiguiente al de su publicación en el perfil de contratante; 1.b) Cuando el recurso se interponga contra el contenido de los pliegos y demás documentos contractuales,el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante elanuncio de licitación, siempre que en este se haya indicado la forma en que los interesados pueden accedera ellos. Cuando no se hiciera esta indicación el plazo comenzará a contar a partir del día siguiente a aquel enque se le hayan entregado al interesado los mismos o este haya podido acceder a su contenido a través delperfil de contratante. En el caso del procedimiento negociado sin publicidad el cómputo del plazo comenzará desde el día siguiente ala remisión de la invitación a los candidatos seleccionados. En los supuestos en que, de conformidad con lo establecido en el artículo 138.2 de la presente Ley, los pliegosno pudieran ser puestos a disposición por medios electrónicos, el plazo se computará a partir del día siguienteen que se hubieran entregado al recurrente. Con carácter general no se admitirá el recurso contra los pliegos y documentos contractuales que hayan deregir una contratación si el recurrente, con carácter previo a su interposición, hubiera presentado oferta osolicitud de participación en la licitación correspondiente, sin perjuicio de lo previsto para los supuestos denulidad de pleno derecho; 1.c) Cuando se interponga contra actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación o contra unacto resultante de la aplicación del procedimiento negociado sin publicidad, el cómputo se iniciará a partir deldía siguiente a aquel en que se haya tenido conocimiento de la posible infracción; 1.d) Cuando se interponga contra la adjudicación del contrato el cómputo se iniciará a partir del día siguiente aaquel en que se haya notificado esta de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquintaa los candidatos o licitadores que hubieran sido admitidos en el procedimiento; 1.e) Cuando el recurso se interponga en relación con alguna modificación basada en el incumplimiento de loestablecido en los artículos 204 y 205 de la presente Ley, por entender que la modificación debió ser objeto deuna nueva adjudicación, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante; 1.f) Cuando el recurso se interponga contra un encargo a medio propio por no cumplir los requisitosestablecidos en el artículo 32 de la presente Ley, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en elperfil de contratante; 1.g) En todos los demás casos, el plazo comenzará a contar desde el día siguiente al de la notificaciónrealizada de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta; 2) No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando el recurso se funde en alguna de las causas denulidad previstas en el apartado 2, letras c), d), e) o f) del artículo 39, el plazo de interposición será el siguiente: 2.a) 30 días a contar desde la publicación de la formalización del contrato en la forma prevista en esta Ley,incluyendo las razones justificativas por las que no se ha publicado en forma legal la convocatoria de lalicitación o desde la notificación a los candidatos o licitadores afectados, de los motivos del rechazo desu candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fuerondeterminantes de la adjudicación a su favor; 2.b) En los restantes casos, antes de que transcurran 6 meses a contar desde la formalización del contrato.
Organización que proporciona información adicional sobre el procedimiento de contratación : Consell Comarcal del Baix Penedès -

5.1 Identificación técnica del lote : LOT-0008

Título : lote 8 2 líneas TEC obligatorio, origen Albinyana
Descripción : 2 líneas TEC obligatorio, origen Albinyana
Identificador interno : Lot 8

5.1.1 Finalidad

Naturaleza del contrato : Servicios
Clasificación principal ( cpv ): 60130000 Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera
Clasificación adicional ( cpv ): 60130000 Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera
Opciones :
Descripción de las opciones : Previstas, con el límite del 20% del precio inicial y obligatoria por el contratista (Art. 206LCSP), por las causas que se indican: Ampliación, disminución, sustitución de los vehículos adscritos al servicio, por otros de mayor o menor capacidad, con motivo de aumento o disminución del alumnado usuario del servicio. Modificación del itinerario de la ruta que comporte disminuir o alargar su recorrido en función de las necesidades del servicio. Adición de un/a acompañante a la ruta para atender al alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidades graves o permanentes y/o con movilidad reducida, para que el número de acompañantes se adapte a lo establecido en el art. 6.3 del Decreto 161/1996, de 14 de mayo, por el que se regula el servicio escolar de transporte. Por otros supuestos no previstos por razones de interés público o por atender causas imprevistas. El precio unitario (€/día) por vehículo-línea será el mismo resultante de la adjudicación del contrato.

5.1.2 Lugar de ejecución

Subdivisión del país (NUTS) : Tarragona ( ES514 )
País : España
Información complementaria :

5.1.3 Duración estimada

Fecha de inicio : 01/09/2023
Fecha de finalización de la duración : 22/06/2025

5.1.4 Renovación

Número máximo de renovaciones : 2

5.1.5 Valor

Valor estimado, IVA excluido : 325 036,8 Euro

5.1.6 Información general

Proyecto de contratación pública no financiado con fondos de la UE
La contratación pública está cubierta por el Acuerdo sobre Contratación Pública (ACP) :

5.1.10 Criterios de adjudicación

Criterio :
Tipo : Calidad
Nombre :
Descripción : Antigüedad de los vehículos titulares desde la primera matriculación
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 20
Criterio :
Tipo : Calidad
Nombre :
Descripción : Formación continuada de los acompañantes
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 10
Criterio :
Tipo : Calidad
Nombre :
Descripción : Distintivo ambiental del vehículo titular
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 10
Criterio :
Tipo : Coste
Nombre :
Descripción : Oferta económica
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 60
Descripción del método que debe utilizarse si la ponderación no puede expresarse mediante criterios :
Justificación de la no indicación de la ponderación de los criterios de adjudicación :

5.1.12 Condiciones de la contratación pública

Información sobre los plazos de revisión : Información precisa sobre el plazo o los plazos de recurso: 1) El procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de 15 díashábiles. Dicho plazo se computará: 1.a) Cuando se interponga contra el anuncio de licitación, el plazo comenzará a contarse a partir del díasiguiente al de su publicación en el perfil de contratante; 1.b) Cuando el recurso se interponga contra el contenido de los pliegos y demás documentos contractuales,el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante elanuncio de licitación, siempre que en este se haya indicado la forma en que los interesados pueden accedera ellos. Cuando no se hiciera esta indicación el plazo comenzará a contar a partir del día siguiente a aquel enque se le hayan entregado al interesado los mismos o este haya podido acceder a su contenido a través delperfil de contratante. En el caso del procedimiento negociado sin publicidad el cómputo del plazo comenzará desde el día siguiente ala remisión de la invitación a los candidatos seleccionados. En los supuestos en que, de conformidad con lo establecido en el artículo 138.2 de la presente Ley, los pliegosno pudieran ser puestos a disposición por medios electrónicos, el plazo se computará a partir del día siguienteen que se hubieran entregado al recurrente. Con carácter general no se admitirá el recurso contra los pliegos y documentos contractuales que hayan deregir una contratación si el recurrente, con carácter previo a su interposición, hubiera presentado oferta osolicitud de participación en la licitación correspondiente, sin perjuicio de lo previsto para los supuestos denulidad de pleno derecho; 1.c) Cuando se interponga contra actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación o contra unacto resultante de la aplicación del procedimiento negociado sin publicidad, el cómputo se iniciará a partir deldía siguiente a aquel en que se haya tenido conocimiento de la posible infracción; 1.d) Cuando se interponga contra la adjudicación del contrato el cómputo se iniciará a partir del día siguiente aaquel en que se haya notificado esta de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquintaa los candidatos o licitadores que hubieran sido admitidos en el procedimiento; 1.e) Cuando el recurso se interponga en relación con alguna modificación basada en el incumplimiento de loestablecido en los artículos 204 y 205 de la presente Ley, por entender que la modificación debió ser objeto deuna nueva adjudicación, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante; 1.f) Cuando el recurso se interponga contra un encargo a medio propio por no cumplir los requisitosestablecidos en el artículo 32 de la presente Ley, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en elperfil de contratante; 1.g) En todos los demás casos, el plazo comenzará a contar desde el día siguiente al de la notificaciónrealizada de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta; 2) No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando el recurso se funde en alguna de las causas denulidad previstas en el apartado 2, letras c), d), e) o f) del artículo 39, el plazo de interposición será el siguiente: 2.a) 30 días a contar desde la publicación de la formalización del contrato en la forma prevista en esta Ley,incluyendo las razones justificativas por las que no se ha publicado en forma legal la convocatoria de lalicitación o desde la notificación a los candidatos o licitadores afectados, de los motivos del rechazo desu candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fuerondeterminantes de la adjudicación a su favor; 2.b) En los restantes casos, antes de que transcurran 6 meses a contar desde la formalización del contrato.

5.1.15 Técnicas

Acuerdo marco :
Ningún acuerdo marco
Información sobre el sistema dinámico de adquisición :
Ningún sistema dinámico de adquisición

5.1.16 Información adicional, mediación y recurso

Organización encargada de los procedimientos de recurso : Tribunal de Contractes del Sector Públic -
Información sobre los plazos de revisión : Información precisa sobre el plazo o los plazos de recurso: 1) El procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de 15 díashábiles. Dicho plazo se computará: 1.a) Cuando se interponga contra el anuncio de licitación, el plazo comenzará a contarse a partir del díasiguiente al de su publicación en el perfil de contratante; 1.b) Cuando el recurso se interponga contra el contenido de los pliegos y demás documentos contractuales,el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante elanuncio de licitación, siempre que en este se haya indicado la forma en que los interesados pueden accedera ellos. Cuando no se hiciera esta indicación el plazo comenzará a contar a partir del día siguiente a aquel enque se le hayan entregado al interesado los mismos o este haya podido acceder a su contenido a través delperfil de contratante. En el caso del procedimiento negociado sin publicidad el cómputo del plazo comenzará desde el día siguiente ala remisión de la invitación a los candidatos seleccionados. En los supuestos en que, de conformidad con lo establecido en el artículo 138.2 de la presente Ley, los pliegosno pudieran ser puestos a disposición por medios electrónicos, el plazo se computará a partir del día siguienteen que se hubieran entregado al recurrente. Con carácter general no se admitirá el recurso contra los pliegos y documentos contractuales que hayan deregir una contratación si el recurrente, con carácter previo a su interposición, hubiera presentado oferta osolicitud de participación en la licitación correspondiente, sin perjuicio de lo previsto para los supuestos denulidad de pleno derecho; 1.c) Cuando se interponga contra actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación o contra unacto resultante de la aplicación del procedimiento negociado sin publicidad, el cómputo se iniciará a partir deldía siguiente a aquel en que se haya tenido conocimiento de la posible infracción; 1.d) Cuando se interponga contra la adjudicación del contrato el cómputo se iniciará a partir del día siguiente aaquel en que se haya notificado esta de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquintaa los candidatos o licitadores que hubieran sido admitidos en el procedimiento; 1.e) Cuando el recurso se interponga en relación con alguna modificación basada en el incumplimiento de loestablecido en los artículos 204 y 205 de la presente Ley, por entender que la modificación debió ser objeto deuna nueva adjudicación, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante; 1.f) Cuando el recurso se interponga contra un encargo a medio propio por no cumplir los requisitosestablecidos en el artículo 32 de la presente Ley, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en elperfil de contratante; 1.g) En todos los demás casos, el plazo comenzará a contar desde el día siguiente al de la notificaciónrealizada de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta; 2) No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando el recurso se funde en alguna de las causas denulidad previstas en el apartado 2, letras c), d), e) o f) del artículo 39, el plazo de interposición será el siguiente: 2.a) 30 días a contar desde la publicación de la formalización del contrato en la forma prevista en esta Ley,incluyendo las razones justificativas por las que no se ha publicado en forma legal la convocatoria de lalicitación o desde la notificación a los candidatos o licitadores afectados, de los motivos del rechazo desu candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fuerondeterminantes de la adjudicación a su favor; 2.b) En los restantes casos, antes de que transcurran 6 meses a contar desde la formalización del contrato.
Organización que proporciona información adicional sobre el procedimiento de contratación : Consell Comarcal del Baix Penedès -

5.1 Identificación técnica del lote : LOT-0009

Título : lote 9 1 línea TEC obligatorio, origen Bonastre
Descripción : 1 línea TEC obligatorio, origen Bonastre
Identificador interno : Lot 9

5.1.1 Finalidad

Naturaleza del contrato : Servicios
Clasificación principal ( cpv ): 60130000 Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera
Clasificación adicional ( cpv ): 60130000 Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera
Opciones :
Descripción de las opciones : Previstas, con el límite del 20% del precio inicial y obligatoria por el contratista (Art. 206LCSP), por las causas que se indican: Ampliación, disminución, sustitución de los vehículos adscritos al servicio, por otros de mayor o menor capacidad, con motivo de aumento o disminución del alumnado usuario del servicio. Modificación del itinerario de la ruta que comporte disminuir o alargar su recorrido en función de las necesidades del servicio. Adición de un/a acompañante a la ruta para atender al alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidades graves o permanentes y/o con movilidad reducida, para que el número de acompañantes se adapte a lo establecido en el art. 6.3 del Decreto 161/1996, de 14 de mayo, por el que se regula el servicio escolar de transporte. Por otros supuestos no previstos por razones de interés público o por atender causas imprevistas. El precio unitario (€/día) por vehículo-línea será el mismo resultante de la adjudicación del contrato.

5.1.2 Lugar de ejecución

Subdivisión del país (NUTS) : Tarragona ( ES514 )
País : España
Información complementaria :

5.1.3 Duración estimada

Fecha de inicio : 01/09/2023
Fecha de finalización de la duración : 22/06/2025

5.1.4 Renovación

Número máximo de renovaciones : 2

5.1.5 Valor

Valor estimado, IVA excluido : 128 796,48 Euro

5.1.6 Información general

Proyecto de contratación pública no financiado con fondos de la UE
La contratación pública está cubierta por el Acuerdo sobre Contratación Pública (ACP) :

5.1.10 Criterios de adjudicación

Criterio :
Tipo : Calidad
Nombre :
Descripción : Antigüedad de los vehículos titulares desde la primera matriculación
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 20
Criterio :
Tipo : Calidad
Nombre :
Descripción : Formación continuada de los acompañantes
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 10
Criterio :
Tipo : Calidad
Nombre :
Descripción : Distintivo ambiental del vehículo titular
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 10
Criterio :
Tipo : Coste
Nombre :
Descripción : Oferta económica
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 60
Descripción del método que debe utilizarse si la ponderación no puede expresarse mediante criterios :
Justificación de la no indicación de la ponderación de los criterios de adjudicación :

5.1.12 Condiciones de la contratación pública

Información sobre los plazos de revisión : Información precisa sobre el plazo o los plazos de recurso: 1) El procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de 15 díashábiles. Dicho plazo se computará: 1.a) Cuando se interponga contra el anuncio de licitación, el plazo comenzará a contarse a partir del díasiguiente al de su publicación en el perfil de contratante; 1.b) Cuando el recurso se interponga contra el contenido de los pliegos y demás documentos contractuales,el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante elanuncio de licitación, siempre que en este se haya indicado la forma en que los interesados pueden accedera ellos. Cuando no se hiciera esta indicación el plazo comenzará a contar a partir del día siguiente a aquel enque se le hayan entregado al interesado los mismos o este haya podido acceder a su contenido a través delperfil de contratante. En el caso del procedimiento negociado sin publicidad el cómputo del plazo comenzará desde el día siguiente ala remisión de la invitación a los candidatos seleccionados. En los supuestos en que, de conformidad con lo establecido en el artículo 138.2 de la presente Ley, los pliegosno pudieran ser puestos a disposición por medios electrónicos, el plazo se computará a partir del día siguienteen que se hubieran entregado al recurrente. Con carácter general no se admitirá el recurso contra los pliegos y documentos contractuales que hayan deregir una contratación si el recurrente, con carácter previo a su interposición, hubiera presentado oferta osolicitud de participación en la licitación correspondiente, sin perjuicio de lo previsto para los supuestos denulidad de pleno derecho; 1.c) Cuando se interponga contra actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación o contra unacto resultante de la aplicación del procedimiento negociado sin publicidad, el cómputo se iniciará a partir deldía siguiente a aquel en que se haya tenido conocimiento de la posible infracción; 1.d) Cuando se interponga contra la adjudicación del contrato el cómputo se iniciará a partir del día siguiente aaquel en que se haya notificado esta de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquintaa los candidatos o licitadores que hubieran sido admitidos en el procedimiento; 1.e) Cuando el recurso se interponga en relación con alguna modificación basada en el incumplimiento de loestablecido en los artículos 204 y 205 de la presente Ley, por entender que la modificación debió ser objeto deuna nueva adjudicación, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante; 1.f) Cuando el recurso se interponga contra un encargo a medio propio por no cumplir los requisitosestablecidos en el artículo 32 de la presente Ley, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en elperfil de contratante; 1.g) En todos los demás casos, el plazo comenzará a contar desde el día siguiente al de la notificaciónrealizada de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta; 2) No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando el recurso se funde en alguna de las causas denulidad previstas en el apartado 2, letras c), d), e) o f) del artículo 39, el plazo de interposición será el siguiente: 2.a) 30 días a contar desde la publicación de la formalización del contrato en la forma prevista en esta Ley,incluyendo las razones justificativas por las que no se ha publicado en forma legal la convocatoria de lalicitación o desde la notificación a los candidatos o licitadores afectados, de los motivos del rechazo desu candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fuerondeterminantes de la adjudicación a su favor; 2.b) En los restantes casos, antes de que transcurran 6 meses a contar desde la formalización del contrato.

5.1.15 Técnicas

Acuerdo marco :
Ningún acuerdo marco
Información sobre el sistema dinámico de adquisición :
Ningún sistema dinámico de adquisición

5.1.16 Información adicional, mediación y recurso

Organización encargada de los procedimientos de recurso : Tribunal de Contractes del Sector Públic -
Información sobre los plazos de revisión : Información precisa sobre el plazo o los plazos de recurso: 1) El procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de 15 díashábiles. Dicho plazo se computará: 1.a) Cuando se interponga contra el anuncio de licitación, el plazo comenzará a contarse a partir del díasiguiente al de su publicación en el perfil de contratante; 1.b) Cuando el recurso se interponga contra el contenido de los pliegos y demás documentos contractuales,el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante elanuncio de licitación, siempre que en este se haya indicado la forma en que los interesados pueden accedera ellos. Cuando no se hiciera esta indicación el plazo comenzará a contar a partir del día siguiente a aquel enque se le hayan entregado al interesado los mismos o este haya podido acceder a su contenido a través delperfil de contratante. En el caso del procedimiento negociado sin publicidad el cómputo del plazo comenzará desde el día siguiente ala remisión de la invitación a los candidatos seleccionados. En los supuestos en que, de conformidad con lo establecido en el artículo 138.2 de la presente Ley, los pliegosno pudieran ser puestos a disposición por medios electrónicos, el plazo se computará a partir del día siguienteen que se hubieran entregado al recurrente. Con carácter general no se admitirá el recurso contra los pliegos y documentos contractuales que hayan deregir una contratación si el recurrente, con carácter previo a su interposición, hubiera presentado oferta osolicitud de participación en la licitación correspondiente, sin perjuicio de lo previsto para los supuestos denulidad de pleno derecho; 1.c) Cuando se interponga contra actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación o contra unacto resultante de la aplicación del procedimiento negociado sin publicidad, el cómputo se iniciará a partir deldía siguiente a aquel en que se haya tenido conocimiento de la posible infracción; 1.d) Cuando se interponga contra la adjudicación del contrato el cómputo se iniciará a partir del día siguiente aaquel en que se haya notificado esta de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquintaa los candidatos o licitadores que hubieran sido admitidos en el procedimiento; 1.e) Cuando el recurso se interponga en relación con alguna modificación basada en el incumplimiento de loestablecido en los artículos 204 y 205 de la presente Ley, por entender que la modificación debió ser objeto deuna nueva adjudicación, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante; 1.f) Cuando el recurso se interponga contra un encargo a medio propio por no cumplir los requisitosestablecidos en el artículo 32 de la presente Ley, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en elperfil de contratante; 1.g) En todos los demás casos, el plazo comenzará a contar desde el día siguiente al de la notificaciónrealizada de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta; 2) No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando el recurso se funde en alguna de las causas denulidad previstas en el apartado 2, letras c), d), e) o f) del artículo 39, el plazo de interposición será el siguiente: 2.a) 30 días a contar desde la publicación de la formalización del contrato en la forma prevista en esta Ley,incluyendo las razones justificativas por las que no se ha publicado en forma legal la convocatoria de lalicitación o desde la notificación a los candidatos o licitadores afectados, de los motivos del rechazo desu candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fuerondeterminantes de la adjudicación a su favor; 2.b) En los restantes casos, antes de que transcurran 6 meses a contar desde la formalización del contrato.
Organización que proporciona información adicional sobre el procedimiento de contratación : Consell Comarcal del Baix Penedès -

5.1 Identificación técnica del lote : LOT-0010

Título : lote 10 2 líneas TEC no obligatorio, origen Santa Oliva
Descripción : 2 líneas TEC no obligatorio, origen Santa Oliva
Identificador interno : Lot 10

5.1.1 Finalidad

Naturaleza del contrato : Servicios
Clasificación principal ( cpv ): 60130000 Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera
Clasificación adicional ( cpv ): 60130000 Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera
Opciones :
Descripción de las opciones : Previstas, con el límite del 20% del precio inicial y obligatoria por el contratista (Art. 206LCSP), por las causas que se indican: Ampliación, disminución, sustitución de los vehículos adscritos al servicio, por otros de mayor o menor capacidad, con motivo de aumento o disminución del alumnado usuario del servicio. Modificación del itinerario de la ruta que comporte disminuir o alargar su recorrido en función de las necesidades del servicio. Adición de un/a acompañante a la ruta para atender al alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidades graves o permanentes y/o con movilidad reducida, para que el número de acompañantes se adapte a lo establecido en el art. 6.3 del Decreto 161/1996, de 14 de mayo, por el que se regula el servicio escolar de transporte. Por otros supuestos no previstos por razones de interés público o por atender causas imprevistas. El precio unitario (€/día) por vehículo-línea será el mismo resultante de la adjudicación del contrato.

5.1.2 Lugar de ejecución

Subdivisión del país (NUTS) : Tarragona ( ES514 )
País : España
Información complementaria :

5.1.3 Duración estimada

Fecha de inicio : 01/09/2023
Fecha de finalización de la duración : 22/06/2025

5.1.4 Renovación

Número máximo de renovaciones : 2

5.1.5 Valor

Valor estimado, IVA excluido : 259 035,84 Euro

5.1.6 Información general

Proyecto de contratación pública no financiado con fondos de la UE
La contratación pública está cubierta por el Acuerdo sobre Contratación Pública (ACP) :

5.1.10 Criterios de adjudicación

Criterio :
Tipo : Calidad
Nombre :
Descripción : Antigüedad de los vehículos titulares desde la primera matriculación
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 20
Criterio :
Tipo : Calidad
Nombre :
Descripción : Formación continuada de los acompañantes
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 10
Criterio :
Tipo : Calidad
Nombre :
Descripción : Distintivo ambiental del vehículo titular
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 10
Criterio :
Tipo : Coste
Nombre :
Descripción : Oferta económica
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 60
Descripción del método que debe utilizarse si la ponderación no puede expresarse mediante criterios :
Justificación de la no indicación de la ponderación de los criterios de adjudicación :

5.1.12 Condiciones de la contratación pública

Información sobre los plazos de revisión : Información precisa sobre el plazo o los plazos de recurso: 1) El procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de 15 díashábiles. Dicho plazo se computará: 1.a) Cuando se interponga contra el anuncio de licitación, el plazo comenzará a contarse a partir del díasiguiente al de su publicación en el perfil de contratante; 1.b) Cuando el recurso se interponga contra el contenido de los pliegos y demás documentos contractuales,el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante elanuncio de licitación, siempre que en este se haya indicado la forma en que los interesados pueden accedera ellos. Cuando no se hiciera esta indicación el plazo comenzará a contar a partir del día siguiente a aquel enque se le hayan entregado al interesado los mismos o este haya podido acceder a su contenido a través delperfil de contratante. En el caso del procedimiento negociado sin publicidad el cómputo del plazo comenzará desde el día siguiente ala remisión de la invitación a los candidatos seleccionados. En los supuestos en que, de conformidad con lo establecido en el artículo 138.2 de la presente Ley, los pliegosno pudieran ser puestos a disposición por medios electrónicos, el plazo se computará a partir del día siguienteen que se hubieran entregado al recurrente. Con carácter general no se admitirá el recurso contra los pliegos y documentos contractuales que hayan deregir una contratación si el recurrente, con carácter previo a su interposición, hubiera presentado oferta osolicitud de participación en la licitación correspondiente, sin perjuicio de lo previsto para los supuestos denulidad de pleno derecho; 1.c) Cuando se interponga contra actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación o contra unacto resultante de la aplicación del procedimiento negociado sin publicidad, el cómputo se iniciará a partir deldía siguiente a aquel en que se haya tenido conocimiento de la posible infracción; 1.d) Cuando se interponga contra la adjudicación del contrato el cómputo se iniciará a partir del día siguiente aaquel en que se haya notificado esta de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquintaa los candidatos o licitadores que hubieran sido admitidos en el procedimiento; 1.e) Cuando el recurso se interponga en relación con alguna modificación basada en el incumplimiento de loestablecido en los artículos 204 y 205 de la presente Ley, por entender que la modificación debió ser objeto deuna nueva adjudicación, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante; 1.f) Cuando el recurso se interponga contra un encargo a medio propio por no cumplir los requisitosestablecidos en el artículo 32 de la presente Ley, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en elperfil de contratante; 1.g) En todos los demás casos, el plazo comenzará a contar desde el día siguiente al de la notificaciónrealizada de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta; 2) No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando el recurso se funde en alguna de las causas denulidad previstas en el apartado 2, letras c), d), e) o f) del artículo 39, el plazo de interposición será el siguiente: 2.a) 30 días a contar desde la publicación de la formalización del contrato en la forma prevista en esta Ley,incluyendo las razones justificativas por las que no se ha publicado en forma legal la convocatoria de lalicitación o desde la notificación a los candidatos o licitadores afectados, de los motivos del rechazo desu candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fuerondeterminantes de la adjudicación a su favor; 2.b) En los restantes casos, antes de que transcurran 6 meses a contar desde la formalización del contrato.

5.1.15 Técnicas

Acuerdo marco :
Ningún acuerdo marco
Información sobre el sistema dinámico de adquisición :
Ningún sistema dinámico de adquisición

5.1.16 Información adicional, mediación y recurso

Organización encargada de los procedimientos de recurso : Tribunal de Contractes del Sector Públic -
Información sobre los plazos de revisión : Información precisa sobre el plazo o los plazos de recurso: 1) El procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de 15 díashábiles. Dicho plazo se computará: 1.a) Cuando se interponga contra el anuncio de licitación, el plazo comenzará a contarse a partir del díasiguiente al de su publicación en el perfil de contratante; 1.b) Cuando el recurso se interponga contra el contenido de los pliegos y demás documentos contractuales,el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante elanuncio de licitación, siempre que en este se haya indicado la forma en que los interesados pueden accedera ellos. Cuando no se hiciera esta indicación el plazo comenzará a contar a partir del día siguiente a aquel enque se le hayan entregado al interesado los mismos o este haya podido acceder a su contenido a través delperfil de contratante. En el caso del procedimiento negociado sin publicidad el cómputo del plazo comenzará desde el día siguiente ala remisión de la invitación a los candidatos seleccionados. En los supuestos en que, de conformidad con lo establecido en el artículo 138.2 de la presente Ley, los pliegosno pudieran ser puestos a disposición por medios electrónicos, el plazo se computará a partir del día siguienteen que se hubieran entregado al recurrente. Con carácter general no se admitirá el recurso contra los pliegos y documentos contractuales que hayan deregir una contratación si el recurrente, con carácter previo a su interposición, hubiera presentado oferta osolicitud de participación en la licitación correspondiente, sin perjuicio de lo previsto para los supuestos denulidad de pleno derecho; 1.c) Cuando se interponga contra actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación o contra unacto resultante de la aplicación del procedimiento negociado sin publicidad, el cómputo se iniciará a partir deldía siguiente a aquel en que se haya tenido conocimiento de la posible infracción; 1.d) Cuando se interponga contra la adjudicación del contrato el cómputo se iniciará a partir del día siguiente aaquel en que se haya notificado esta de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquintaa los candidatos o licitadores que hubieran sido admitidos en el procedimiento; 1.e) Cuando el recurso se interponga en relación con alguna modificación basada en el incumplimiento de loestablecido en los artículos 204 y 205 de la presente Ley, por entender que la modificación debió ser objeto deuna nueva adjudicación, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante; 1.f) Cuando el recurso se interponga contra un encargo a medio propio por no cumplir los requisitosestablecidos en el artículo 32 de la presente Ley, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en elperfil de contratante; 1.g) En todos los demás casos, el plazo comenzará a contar desde el día siguiente al de la notificaciónrealizada de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta; 2) No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando el recurso se funde en alguna de las causas denulidad previstas en el apartado 2, letras c), d), e) o f) del artículo 39, el plazo de interposición será el siguiente: 2.a) 30 días a contar desde la publicación de la formalización del contrato en la forma prevista en esta Ley,incluyendo las razones justificativas por las que no se ha publicado en forma legal la convocatoria de lalicitación o desde la notificación a los candidatos o licitadores afectados, de los motivos del rechazo desu candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fuerondeterminantes de la adjudicación a su favor; 2.b) En los restantes casos, antes de que transcurran 6 meses a contar desde la formalización del contrato.
Organización que proporciona información adicional sobre el procedimiento de contratación : Consell Comarcal del Baix Penedès -

5.1 Identificación técnica del lote : LOT-0011

Título : lote 11 1 línea TEC no obligatorio, origen Albinyana
Descripción : 1 línea TEC no obligatorio, origen Albinyana
Identificador interno : Lot 11

5.1.1 Finalidad

Naturaleza del contrato : Servicios
Clasificación principal ( cpv ): 60130000 Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera
Clasificación adicional ( cpv ): 60130000 Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera
Opciones :
Descripción de las opciones : Previstas, con el límite del 20% del precio inicial y obligatoria por el contratista (Art. 206LCSP), por las causas que se indican: Ampliación, disminución, sustitución de los vehículos adscritos al servicio, por otros de mayor o menor capacidad, con motivo de aumento o disminución del alumnado usuario del servicio. Modificación del itinerario de la ruta que comporte disminuir o alargar su recorrido en función de las necesidades del servicio. Adición de un/a acompañante a la ruta para atender al alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidades graves o permanentes y/o con movilidad reducida, para que el número de acompañantes se adapte a lo establecido en el art. 6.3 del Decreto 161/1996, de 14 de mayo, por el que se regula el servicio escolar de transporte. Por otros supuestos no previstos por razones de interés público o por atender causas imprevistas. El precio unitario (€/día) por vehículo-línea será el mismo resultante de la adjudicación del contrato.

5.1.2 Lugar de ejecución

Subdivisión del país (NUTS) : Tarragona ( ES514 )
País : España
Información complementaria :

5.1.3 Duración estimada

Fecha de inicio : 01/09/2023
Fecha de finalización de la duración : 22/06/2025

5.1.4 Renovación

Número máximo de renovaciones : 2

5.1.5 Valor

Valor estimado, IVA excluido : 177 560,64 Euro

5.1.6 Información general

Proyecto de contratación pública no financiado con fondos de la UE
La contratación pública está cubierta por el Acuerdo sobre Contratación Pública (ACP) :

5.1.10 Criterios de adjudicación

Criterio :
Tipo : Calidad
Nombre :
Descripción : Antigüedad de los vehículos titulares desde la primera matriculación
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 20
Criterio :
Tipo : Calidad
Nombre :
Descripción : Formación continuada de los acompañantes
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 10
Criterio :
Tipo : Calidad
Nombre :
Descripción : Distintivo ambiental del vehículo titular
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 10
Criterio :
Tipo : Coste
Nombre :
Descripción : Oferta económica
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 60
Descripción del método que debe utilizarse si la ponderación no puede expresarse mediante criterios :
Justificación de la no indicación de la ponderación de los criterios de adjudicación :

5.1.12 Condiciones de la contratación pública

Información sobre los plazos de revisión : Información precisa sobre el plazo o los plazos de recurso: 1) El procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de 15 díashábiles. Dicho plazo se computará: 1.a) Cuando se interponga contra el anuncio de licitación, el plazo comenzará a contarse a partir del díasiguiente al de su publicación en el perfil de contratante; 1.b) Cuando el recurso se interponga contra el contenido de los pliegos y demás documentos contractuales,el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante elanuncio de licitación, siempre que en este se haya indicado la forma en que los interesados pueden accedera ellos. Cuando no se hiciera esta indicación el plazo comenzará a contar a partir del día siguiente a aquel enque se le hayan entregado al interesado los mismos o este haya podido acceder a su contenido a través delperfil de contratante. En el caso del procedimiento negociado sin publicidad el cómputo del plazo comenzará desde el día siguiente ala remisión de la invitación a los candidatos seleccionados. En los supuestos en que, de conformidad con lo establecido en el artículo 138.2 de la presente Ley, los pliegosno pudieran ser puestos a disposición por medios electrónicos, el plazo se computará a partir del día siguienteen que se hubieran entregado al recurrente. Con carácter general no se admitirá el recurso contra los pliegos y documentos contractuales que hayan deregir una contratación si el recurrente, con carácter previo a su interposición, hubiera presentado oferta osolicitud de participación en la licitación correspondiente, sin perjuicio de lo previsto para los supuestos denulidad de pleno derecho; 1.c) Cuando se interponga contra actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación o contra unacto resultante de la aplicación del procedimiento negociado sin publicidad, el cómputo se iniciará a partir deldía siguiente a aquel en que se haya tenido conocimiento de la posible infracción; 1.d) Cuando se interponga contra la adjudicación del contrato el cómputo se iniciará a partir del día siguiente aaquel en que se haya notificado esta de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquintaa los candidatos o licitadores que hubieran sido admitidos en el procedimiento; 1.e) Cuando el recurso se interponga en relación con alguna modificación basada en el incumplimiento de loestablecido en los artículos 204 y 205 de la presente Ley, por entender que la modificación debió ser objeto deuna nueva adjudicación, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante; 1.f) Cuando el recurso se interponga contra un encargo a medio propio por no cumplir los requisitosestablecidos en el artículo 32 de la presente Ley, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en elperfil de contratante; 1.g) En todos los demás casos, el plazo comenzará a contar desde el día siguiente al de la notificaciónrealizada de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta; 2) No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando el recurso se funde en alguna de las causas denulidad previstas en el apartado 2, letras c), d), e) o f) del artículo 39, el plazo de interposición será el siguiente: 2.a) 30 días a contar desde la publicación de la formalización del contrato en la forma prevista en esta Ley,incluyendo las razones justificativas por las que no se ha publicado en forma legal la convocatoria de lalicitación o desde la notificación a los candidatos o licitadores afectados, de los motivos del rechazo desu candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fuerondeterminantes de la adjudicación a su favor; 2.b) En los restantes casos, antes de que transcurran 6 meses a contar desde la formalización del contrato.

5.1.15 Técnicas

Acuerdo marco :
Ningún acuerdo marco
Información sobre el sistema dinámico de adquisición :
Ningún sistema dinámico de adquisición

5.1.16 Información adicional, mediación y recurso

Organización encargada de los procedimientos de recurso : Tribunal de Contractes del Sector Públic -
Información sobre los plazos de revisión : Información precisa sobre el plazo o los plazos de recurso: 1) El procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de 15 díashábiles. Dicho plazo se computará: 1.a) Cuando se interponga contra el anuncio de licitación, el plazo comenzará a contarse a partir del díasiguiente al de su publicación en el perfil de contratante; 1.b) Cuando el recurso se interponga contra el contenido de los pliegos y demás documentos contractuales,el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante elanuncio de licitación, siempre que en este se haya indicado la forma en que los interesados pueden accedera ellos. Cuando no se hiciera esta indicación el plazo comenzará a contar a partir del día siguiente a aquel enque se le hayan entregado al interesado los mismos o este haya podido acceder a su contenido a través delperfil de contratante. En el caso del procedimiento negociado sin publicidad el cómputo del plazo comenzará desde el día siguiente ala remisión de la invitación a los candidatos seleccionados. En los supuestos en que, de conformidad con lo establecido en el artículo 138.2 de la presente Ley, los pliegosno pudieran ser puestos a disposición por medios electrónicos, el plazo se computará a partir del día siguienteen que se hubieran entregado al recurrente. Con carácter general no se admitirá el recurso contra los pliegos y documentos contractuales que hayan deregir una contratación si el recurrente, con carácter previo a su interposición, hubiera presentado oferta osolicitud de participación en la licitación correspondiente, sin perjuicio de lo previsto para los supuestos denulidad de pleno derecho; 1.c) Cuando se interponga contra actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación o contra unacto resultante de la aplicación del procedimiento negociado sin publicidad, el cómputo se iniciará a partir deldía siguiente a aquel en que se haya tenido conocimiento de la posible infracción; 1.d) Cuando se interponga contra la adjudicación del contrato el cómputo se iniciará a partir del día siguiente aaquel en que se haya notificado esta de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquintaa los candidatos o licitadores que hubieran sido admitidos en el procedimiento; 1.e) Cuando el recurso se interponga en relación con alguna modificación basada en el incumplimiento de loestablecido en los artículos 204 y 205 de la presente Ley, por entender que la modificación debió ser objeto deuna nueva adjudicación, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante; 1.f) Cuando el recurso se interponga contra un encargo a medio propio por no cumplir los requisitosestablecidos en el artículo 32 de la presente Ley, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en elperfil de contratante; 1.g) En todos los demás casos, el plazo comenzará a contar desde el día siguiente al de la notificaciónrealizada de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta; 2) No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando el recurso se funde en alguna de las causas denulidad previstas en el apartado 2, letras c), d), e) o f) del artículo 39, el plazo de interposición será el siguiente: 2.a) 30 días a contar desde la publicación de la formalización del contrato en la forma prevista en esta Ley,incluyendo las razones justificativas por las que no se ha publicado en forma legal la convocatoria de lalicitación o desde la notificación a los candidatos o licitadores afectados, de los motivos del rechazo desu candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fuerondeterminantes de la adjudicación a su favor; 2.b) En los restantes casos, antes de que transcurran 6 meses a contar desde la formalización del contrato.
Organización que proporciona información adicional sobre el procedimiento de contratación : Consell Comarcal del Baix Penedès -

5.1 Identificación técnica del lote : LOT-0012

Título : lote 12 2 líneas TEC no obligatorio, origen Cunit
Descripción : 2 líneas TEC no obligatorio, origen Cunit
Identificador interno : Lot 12

5.1.1 Finalidad

Naturaleza del contrato : Servicios
Clasificación principal ( cpv ): 60130000 Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera
Clasificación adicional ( cpv ): 60130000 Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera
Opciones :
Descripción de las opciones : Previstas, con el límite del 20% del precio inicial y obligatoria por el contratista (Art. 206LCSP), por las causas que se indican: Ampliación, disminución, sustitución de los vehículos adscritos al servicio, por otros de mayor o menor capacidad, con motivo de aumento o disminución del alumnado usuario del servicio. Modificación del itinerario de la ruta que comporte disminuir o alargar su recorrido en función de las necesidades del servicio. Adición de un/a acompañante a la ruta para atender al alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidades graves o permanentes y/o con movilidad reducida, para que el número de acompañantes se adapte a lo establecido en el art. 6.3 del Decreto 161/1996, de 14 de mayo, por el que se regula el servicio escolar de transporte. Por otros supuestos no previstos por razones de interés público o por atender causas imprevistas. El precio unitario (€/día) por vehículo-línea será el mismo resultante de la adjudicación del contrato.

5.1.2 Lugar de ejecución

Subdivisión del país (NUTS) : Tarragona ( ES514 )
País : España
Información complementaria :

5.1.3 Duración estimada

Fecha de inicio : 01/09/2023
Fecha de finalización de la duración : 22/06/2025

5.1.4 Renovación

Número máximo de renovaciones : 2

5.1.5 Valor

Valor estimado, IVA excluido : 532 595,52 Euro

5.1.6 Información general

Proyecto de contratación pública no financiado con fondos de la UE
La contratación pública está cubierta por el Acuerdo sobre Contratación Pública (ACP) :

5.1.10 Criterios de adjudicación

Criterio :
Tipo : Calidad
Nombre :
Descripción : Antigüedad de los vehículos titulares desde la primera matriculación
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 20
Criterio :
Tipo : Calidad
Nombre :
Descripción : Formación continuada de los acompañantes
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 10
Criterio :
Tipo : Calidad
Nombre :
Descripción : Distintivo ambiental del vehículo titular
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 10
Criterio :
Tipo : Coste
Nombre :
Descripción : Oferta económica
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 60
Descripción del método que debe utilizarse si la ponderación no puede expresarse mediante criterios :
Justificación de la no indicación de la ponderación de los criterios de adjudicación :

5.1.12 Condiciones de la contratación pública

Información sobre los plazos de revisión : Información precisa sobre el plazo o los plazos de recurso: 1) El procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de 15 díashábiles. Dicho plazo se computará: 1.a) Cuando se interponga contra el anuncio de licitación, el plazo comenzará a contarse a partir del díasiguiente al de su publicación en el perfil de contratante; 1.b) Cuando el recurso se interponga contra el contenido de los pliegos y demás documentos contractuales,el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante elanuncio de licitación, siempre que en este se haya indicado la forma en que los interesados pueden accedera ellos. Cuando no se hiciera esta indicación el plazo comenzará a contar a partir del día siguiente a aquel enque se le hayan entregado al interesado los mismos o este haya podido acceder a su contenido a través delperfil de contratante. En el caso del procedimiento negociado sin publicidad el cómputo del plazo comenzará desde el día siguiente ala remisión de la invitación a los candidatos seleccionados. En los supuestos en que, de conformidad con lo establecido en el artículo 138.2 de la presente Ley, los pliegosno pudieran ser puestos a disposición por medios electrónicos, el plazo se computará a partir del día siguienteen que se hubieran entregado al recurrente. Con carácter general no se admitirá el recurso contra los pliegos y documentos contractuales que hayan deregir una contratación si el recurrente, con carácter previo a su interposición, hubiera presentado oferta osolicitud de participación en la licitación correspondiente, sin perjuicio de lo previsto para los supuestos denulidad de pleno derecho; 1.c) Cuando se interponga contra actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación o contra unacto resultante de la aplicación del procedimiento negociado sin publicidad, el cómputo se iniciará a partir deldía siguiente a aquel en que se haya tenido conocimiento de la posible infracción; 1.d) Cuando se interponga contra la adjudicación del contrato el cómputo se iniciará a partir del día siguiente aaquel en que se haya notificado esta de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquintaa los candidatos o licitadores que hubieran sido admitidos en el procedimiento; 1.e) Cuando el recurso se interponga en relación con alguna modificación basada en el incumplimiento de loestablecido en los artículos 204 y 205 de la presente Ley, por entender que la modificación debió ser objeto deuna nueva adjudicación, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante; 1.f) Cuando el recurso se interponga contra un encargo a medio propio por no cumplir los requisitosestablecidos en el artículo 32 de la presente Ley, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en elperfil de contratante; 1.g) En todos los demás casos, el plazo comenzará a contar desde el día siguiente al de la notificaciónrealizada de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta; 2) No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando el recurso se funde en alguna de las causas denulidad previstas en el apartado 2, letras c), d), e) o f) del artículo 39, el plazo de interposición será el siguiente: 2.a) 30 días a contar desde la publicación de la formalización del contrato en la forma prevista en esta Ley,incluyendo las razones justificativas por las que no se ha publicado en forma legal la convocatoria de lalicitación o desde la notificación a los candidatos o licitadores afectados, de los motivos del rechazo desu candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fuerondeterminantes de la adjudicación a su favor; 2.b) En los restantes casos, antes de que transcurran 6 meses a contar desde la formalización del contrato.

5.1.15 Técnicas

Acuerdo marco :
Ningún acuerdo marco
Información sobre el sistema dinámico de adquisición :
Ningún sistema dinámico de adquisición

5.1.16 Información adicional, mediación y recurso

Organización encargada de los procedimientos de recurso : Tribunal de Contractes del Sector Públic -
Información sobre los plazos de revisión : Información precisa sobre el plazo o los plazos de recurso: 1) El procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de 15 díashábiles. Dicho plazo se computará: 1.a) Cuando se interponga contra el anuncio de licitación, el plazo comenzará a contarse a partir del díasiguiente al de su publicación en el perfil de contratante; 1.b) Cuando el recurso se interponga contra el contenido de los pliegos y demás documentos contractuales,el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante elanuncio de licitación, siempre que en este se haya indicado la forma en que los interesados pueden accedera ellos. Cuando no se hiciera esta indicación el plazo comenzará a contar a partir del día siguiente a aquel enque se le hayan entregado al interesado los mismos o este haya podido acceder a su contenido a través delperfil de contratante. En el caso del procedimiento negociado sin publicidad el cómputo del plazo comenzará desde el día siguiente ala remisión de la invitación a los candidatos seleccionados. En los supuestos en que, de conformidad con lo establecido en el artículo 138.2 de la presente Ley, los pliegosno pudieran ser puestos a disposición por medios electrónicos, el plazo se computará a partir del día siguienteen que se hubieran entregado al recurrente. Con carácter general no se admitirá el recurso contra los pliegos y documentos contractuales que hayan deregir una contratación si el recurrente, con carácter previo a su interposición, hubiera presentado oferta osolicitud de participación en la licitación correspondiente, sin perjuicio de lo previsto para los supuestos denulidad de pleno derecho; 1.c) Cuando se interponga contra actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación o contra unacto resultante de la aplicación del procedimiento negociado sin publicidad, el cómputo se iniciará a partir deldía siguiente a aquel en que se haya tenido conocimiento de la posible infracción; 1.d) Cuando se interponga contra la adjudicación del contrato el cómputo se iniciará a partir del día siguiente aaquel en que se haya notificado esta de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquintaa los candidatos o licitadores que hubieran sido admitidos en el procedimiento; 1.e) Cuando el recurso se interponga en relación con alguna modificación basada en el incumplimiento de loestablecido en los artículos 204 y 205 de la presente Ley, por entender que la modificación debió ser objeto deuna nueva adjudicación, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante; 1.f) Cuando el recurso se interponga contra un encargo a medio propio por no cumplir los requisitosestablecidos en el artículo 32 de la presente Ley, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en elperfil de contratante; 1.g) En todos los demás casos, el plazo comenzará a contar desde el día siguiente al de la notificaciónrealizada de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta; 2) No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando el recurso se funde en alguna de las causas denulidad previstas en el apartado 2, letras c), d), e) o f) del artículo 39, el plazo de interposición será el siguiente: 2.a) 30 días a contar desde la publicación de la formalización del contrato en la forma prevista en esta Ley,incluyendo las razones justificativas por las que no se ha publicado en forma legal la convocatoria de lalicitación o desde la notificación a los candidatos o licitadores afectados, de los motivos del rechazo desu candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fuerondeterminantes de la adjudicación a su favor; 2.b) En los restantes casos, antes de que transcurran 6 meses a contar desde la formalización del contrato.
Organización que proporciona información adicional sobre el procedimiento de contratación : Consell Comarcal del Baix Penedès -

5.1 Identificación técnica del lote : LOT-0013

Título : lote 13 1 línea TEC no obligatorio, origen Sant Jaume dels Domenys
Descripción : 1 línea TEC no obligatorio, origen Sant Jaume dels Domenys
Identificador interno : Lot 13

5.1.1 Finalidad

Naturaleza del contrato : Servicios
Clasificación principal ( cpv ): 60130000 Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera
Clasificación adicional ( cpv ): 60130000 Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera
Opciones :
Descripción de las opciones : Previstas, con el límite del 20% del precio inicial y obligatoria por el contratista (Art. 206LCSP), por las causas que se indican: Ampliación, disminución, sustitución de los vehículos adscritos al servicio, por otros de mayor o menor capacidad, con motivo de aumento o disminución del alumnado usuario del servicio. Modificación del itinerario de la ruta que comporte disminuir o alargar su recorrido en función de las necesidades del servicio. Adición de un/a acompañante a la ruta para atender al alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidades graves o permanentes y/o con movilidad reducida, para que el número de acompañantes se adapte a lo establecido en el art. 6.3 del Decreto 161/1996, de 14 de mayo, por el que se regula el servicio escolar de transporte. Por otros supuestos no previstos por razones de interés público o por atender causas imprevistas. El precio unitario (€/día) por vehículo-línea será el mismo resultante de la adjudicación del contrato.

5.1.2 Lugar de ejecución

Subdivisión del país (NUTS) : Tarragona ( ES514 )
País : España
Información complementaria :

5.1.3 Duración estimada

Fecha de inicio : 01/09/2023
Fecha de finalización de la duración : 22/06/2025

5.1.4 Renovación

Número máximo de renovaciones : 2

5.1.5 Valor

Valor estimado, IVA excluido : 146 543,04 Euro

5.1.6 Información general

Proyecto de contratación pública no financiado con fondos de la UE
La contratación pública está cubierta por el Acuerdo sobre Contratación Pública (ACP) :

5.1.10 Criterios de adjudicación

Criterio :
Tipo : Calidad
Nombre :
Descripción : Antigüedad de los vehículos titulares desde la primera matriculación
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 20
Criterio :
Tipo : Calidad
Nombre :
Descripción : Formación continuada de los acompañantes
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 10
Criterio :
Tipo : Calidad
Nombre :
Descripción : Distintivo ambiental del vehículo titular
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 10
Criterio :
Tipo : Coste
Nombre :
Descripción : Oferta económica
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 60
Descripción del método que debe utilizarse si la ponderación no puede expresarse mediante criterios :
Justificación de la no indicación de la ponderación de los criterios de adjudicación :

5.1.12 Condiciones de la contratación pública

Información sobre los plazos de revisión : Información precisa sobre el plazo o los plazos de recurso: 1) El procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de 15 díashábiles. Dicho plazo se computará: 1.a) Cuando se interponga contra el anuncio de licitación, el plazo comenzará a contarse a partir del díasiguiente al de su publicación en el perfil de contratante; 1.b) Cuando el recurso se interponga contra el contenido de los pliegos y demás documentos contractuales,el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante elanuncio de licitación, siempre que en este se haya indicado la forma en que los interesados pueden accedera ellos. Cuando no se hiciera esta indicación el plazo comenzará a contar a partir del día siguiente a aquel enque se le hayan entregado al interesado los mismos o este haya podido acceder a su contenido a través delperfil de contratante. En el caso del procedimiento negociado sin publicidad el cómputo del plazo comenzará desde el día siguiente ala remisión de la invitación a los candidatos seleccionados. En los supuestos en que, de conformidad con lo establecido en el artículo 138.2 de la presente Ley, los pliegosno pudieran ser puestos a disposición por medios electrónicos, el plazo se computará a partir del día siguienteen que se hubieran entregado al recurrente. Con carácter general no se admitirá el recurso contra los pliegos y documentos contractuales que hayan deregir una contratación si el recurrente, con carácter previo a su interposición, hubiera presentado oferta osolicitud de participación en la licitación correspondiente, sin perjuicio de lo previsto para los supuestos denulidad de pleno derecho; 1.c) Cuando se interponga contra actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación o contra unacto resultante de la aplicación del procedimiento negociado sin publicidad, el cómputo se iniciará a partir deldía siguiente a aquel en que se haya tenido conocimiento de la posible infracción; 1.d) Cuando se interponga contra la adjudicación del contrato el cómputo se iniciará a partir del día siguiente aaquel en que se haya notificado esta de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquintaa los candidatos o licitadores que hubieran sido admitidos en el procedimiento; 1.e) Cuando el recurso se interponga en relación con alguna modificación basada en el incumplimiento de loestablecido en los artículos 204 y 205 de la presente Ley, por entender que la modificación debió ser objeto deuna nueva adjudicación, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante; 1.f) Cuando el recurso se interponga contra un encargo a medio propio por no cumplir los requisitosestablecidos en el artículo 32 de la presente Ley, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en elperfil de contratante; 1.g) En todos los demás casos, el plazo comenzará a contar desde el día siguiente al de la notificaciónrealizada de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta; 2) No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando el recurso se funde en alguna de las causas denulidad previstas en el apartado 2, letras c), d), e) o f) del artículo 39, el plazo de interposición será el siguiente: 2.a) 30 días a contar desde la publicación de la formalización del contrato en la forma prevista en esta Ley,incluyendo las razones justificativas por las que no se ha publicado en forma legal la convocatoria de lalicitación o desde la notificación a los candidatos o licitadores afectados, de los motivos del rechazo desu candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fuerondeterminantes de la adjudicación a su favor; 2.b) En los restantes casos, antes de que transcurran 6 meses a contar desde la formalización del contrato.

5.1.15 Técnicas

Acuerdo marco :
Ningún acuerdo marco
Información sobre el sistema dinámico de adquisición :
Ningún sistema dinámico de adquisición

5.1.16 Información adicional, mediación y recurso

Organización encargada de los procedimientos de recurso : Tribunal de Contractes del Sector Públic -
Información sobre los plazos de revisión : Información precisa sobre el plazo o los plazos de recurso: 1) El procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de 15 díashábiles. Dicho plazo se computará: 1.a) Cuando se interponga contra el anuncio de licitación, el plazo comenzará a contarse a partir del díasiguiente al de su publicación en el perfil de contratante; 1.b) Cuando el recurso se interponga contra el contenido de los pliegos y demás documentos contractuales,el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante elanuncio de licitación, siempre que en este se haya indicado la forma en que los interesados pueden accedera ellos. Cuando no se hiciera esta indicación el plazo comenzará a contar a partir del día siguiente a aquel enque se le hayan entregado al interesado los mismos o este haya podido acceder a su contenido a través delperfil de contratante. En el caso del procedimiento negociado sin publicidad el cómputo del plazo comenzará desde el día siguiente ala remisión de la invitación a los candidatos seleccionados. En los supuestos en que, de conformidad con lo establecido en el artículo 138.2 de la presente Ley, los pliegosno pudieran ser puestos a disposición por medios electrónicos, el plazo se computará a partir del día siguienteen que se hubieran entregado al recurrente. Con carácter general no se admitirá el recurso contra los pliegos y documentos contractuales que hayan deregir una contratación si el recurrente, con carácter previo a su interposición, hubiera presentado oferta osolicitud de participación en la licitación correspondiente, sin perjuicio de lo previsto para los supuestos denulidad de pleno derecho; 1.c) Cuando se interponga contra actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación o contra unacto resultante de la aplicación del procedimiento negociado sin publicidad, el cómputo se iniciará a partir deldía siguiente a aquel en que se haya tenido conocimiento de la posible infracción; 1.d) Cuando se interponga contra la adjudicación del contrato el cómputo se iniciará a partir del día siguiente aaquel en que se haya notificado esta de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquintaa los candidatos o licitadores que hubieran sido admitidos en el procedimiento; 1.e) Cuando el recurso se interponga en relación con alguna modificación basada en el incumplimiento de loestablecido en los artículos 204 y 205 de la presente Ley, por entender que la modificación debió ser objeto deuna nueva adjudicación, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante; 1.f) Cuando el recurso se interponga contra un encargo a medio propio por no cumplir los requisitosestablecidos en el artículo 32 de la presente Ley, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en elperfil de contratante; 1.g) En todos los demás casos, el plazo comenzará a contar desde el día siguiente al de la notificaciónrealizada de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta; 2) No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando el recurso se funde en alguna de las causas denulidad previstas en el apartado 2, letras c), d), e) o f) del artículo 39, el plazo de interposición será el siguiente: 2.a) 30 días a contar desde la publicación de la formalización del contrato en la forma prevista en esta Ley,incluyendo las razones justificativas por las que no se ha publicado en forma legal la convocatoria de lalicitación o desde la notificación a los candidatos o licitadores afectados, de los motivos del rechazo desu candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fuerondeterminantes de la adjudicación a su favor; 2.b) En los restantes casos, antes de que transcurran 6 meses a contar desde la formalización del contrato.
Organización que proporciona información adicional sobre el procedimiento de contratación : Consell Comarcal del Baix Penedès -

5.1 Identificación técnica del lote : LOT-0014

Título : lote 14 2 líneas TEC no obligatorio, origen el Montmell
Descripción : 2 líneas TEC no obligatorio, origen el Montmell
Identificador interno : Lot 14

5.1.1 Finalidad

Naturaleza del contrato : Servicios
Clasificación principal ( cpv ): 60130000 Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera
Clasificación adicional ( cpv ): 60130000 Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera
Opciones :
Descripción de las opciones : Previstas, con el límite del 20% del precio inicial y obligatoria por el contratista (Art. 206LCSP), por las causas que se indican: Ampliación, disminución, sustitución de los vehículos adscritos al servicio, por otros de mayor o menor capacidad, con motivo de aumento o disminución del alumnado usuario del servicio. Modificación del itinerario de la ruta que comporte disminuir o alargar su recorrido en función de las necesidades del servicio. Adición de un/a acompañante a la ruta para atender al alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidades graves o permanentes y/o con movilidad reducida, para que el número de acompañantes se adapte a lo establecido en el art. 6.3 del Decreto 161/1996, de 14 de mayo, por el que se regula el servicio escolar de transporte. Por otros supuestos no previstos por razones de interés público o por atender causas imprevistas. El precio unitario (€/día) por vehículo-línea será el mismo resultante de la adjudicación del contrato.

5.1.2 Lugar de ejecución

Subdivisión del país (NUTS) : Tarragona ( ES514 )
País : España
Información complementaria :

5.1.3 Duración estimada

Fecha de inicio : 01/09/2023
Fecha de finalización de la duración : 22/06/2025

5.1.4 Renovación

Número máximo de renovaciones : 2

5.1.5 Valor

Valor estimado, IVA excluido : 297 907,2 Euro

5.1.6 Información general

Proyecto de contratación pública no financiado con fondos de la UE
La contratación pública está cubierta por el Acuerdo sobre Contratación Pública (ACP) :

5.1.10 Criterios de adjudicación

Criterio :
Tipo : Calidad
Nombre :
Descripción : Antigüedad de los vehículos titulares desde la primera matriculación
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 20
Criterio :
Tipo : Calidad
Nombre :
Descripción : Formación continuada de los acompañantes
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 10
Criterio :
Tipo : Calidad
Nombre :
Descripción : Distintivo ambiental del vehículo titular
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 10
Criterio :
Tipo : Coste
Nombre :
Descripción : Oferta económica
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 60
Descripción del método que debe utilizarse si la ponderación no puede expresarse mediante criterios :
Justificación de la no indicación de la ponderación de los criterios de adjudicación :

5.1.12 Condiciones de la contratación pública

Información sobre los plazos de revisión : Información precisa sobre el plazo o los plazos de recurso: 1) El procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de 15 díashábiles. Dicho plazo se computará: 1.a) Cuando se interponga contra el anuncio de licitación, el plazo comenzará a contarse a partir del díasiguiente al de su publicación en el perfil de contratante; 1.b) Cuando el recurso se interponga contra el contenido de los pliegos y demás documentos contractuales,el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante elanuncio de licitación, siempre que en este se haya indicado la forma en que los interesados pueden accedera ellos. Cuando no se hiciera esta indicación el plazo comenzará a contar a partir del día siguiente a aquel enque se le hayan entregado al interesado los mismos o este haya podido acceder a su contenido a través delperfil de contratante. En el caso del procedimiento negociado sin publicidad el cómputo del plazo comenzará desde el día siguiente ala remisión de la invitación a los candidatos seleccionados. En los supuestos en que, de conformidad con lo establecido en el artículo 138.2 de la presente Ley, los pliegosno pudieran ser puestos a disposición por medios electrónicos, el plazo se computará a partir del día siguienteen que se hubieran entregado al recurrente. Con carácter general no se admitirá el recurso contra los pliegos y documentos contractuales que hayan deregir una contratación si el recurrente, con carácter previo a su interposición, hubiera presentado oferta osolicitud de participación en la licitación correspondiente, sin perjuicio de lo previsto para los supuestos denulidad de pleno derecho; 1.c) Cuando se interponga contra actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación o contra unacto resultante de la aplicación del procedimiento negociado sin publicidad, el cómputo se iniciará a partir deldía siguiente a aquel en que se haya tenido conocimiento de la posible infracción; 1.d) Cuando se interponga contra la adjudicación del contrato el cómputo se iniciará a partir del día siguiente aaquel en que se haya notificado esta de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquintaa los candidatos o licitadores que hubieran sido admitidos en el procedimiento; 1.e) Cuando el recurso se interponga en relación con alguna modificación basada en el incumplimiento de loestablecido en los artículos 204 y 205 de la presente Ley, por entender que la modificación debió ser objeto deuna nueva adjudicación, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante; 1.f) Cuando el recurso se interponga contra un encargo a medio propio por no cumplir los requisitosestablecidos en el artículo 32 de la presente Ley, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en elperfil de contratante; 1.g) En todos los demás casos, el plazo comenzará a contar desde el día siguiente al de la notificaciónrealizada de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta; 2) No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando el recurso se funde en alguna de las causas denulidad previstas en el apartado 2, letras c), d), e) o f) del artículo 39, el plazo de interposición será el siguiente: 2.a) 30 días a contar desde la publicación de la formalización del contrato en la forma prevista en esta Ley,incluyendo las razones justificativas por las que no se ha publicado en forma legal la convocatoria de lalicitación o desde la notificación a los candidatos o licitadores afectados, de los motivos del rechazo desu candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fuerondeterminantes de la adjudicación a su favor; 2.b) En los restantes casos, antes de que transcurran 6 meses a contar desde la formalización del contrato.

5.1.15 Técnicas

Acuerdo marco :
Ningún acuerdo marco
Información sobre el sistema dinámico de adquisición :
Ningún sistema dinámico de adquisición

5.1.16 Información adicional, mediación y recurso

Organización encargada de los procedimientos de recurso : Tribunal de Contractes del Sector Públic -
Información sobre los plazos de revisión : Información precisa sobre el plazo o los plazos de recurso: 1) El procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de 15 díashábiles. Dicho plazo se computará: 1.a) Cuando se interponga contra el anuncio de licitación, el plazo comenzará a contarse a partir del díasiguiente al de su publicación en el perfil de contratante; 1.b) Cuando el recurso se interponga contra el contenido de los pliegos y demás documentos contractuales,el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante elanuncio de licitación, siempre que en este se haya indicado la forma en que los interesados pueden accedera ellos. Cuando no se hiciera esta indicación el plazo comenzará a contar a partir del día siguiente a aquel enque se le hayan entregado al interesado los mismos o este haya podido acceder a su contenido a través delperfil de contratante. En el caso del procedimiento negociado sin publicidad el cómputo del plazo comenzará desde el día siguiente ala remisión de la invitación a los candidatos seleccionados. En los supuestos en que, de conformidad con lo establecido en el artículo 138.2 de la presente Ley, los pliegosno pudieran ser puestos a disposición por medios electrónicos, el plazo se computará a partir del día siguienteen que se hubieran entregado al recurrente. Con carácter general no se admitirá el recurso contra los pliegos y documentos contractuales que hayan deregir una contratación si el recurrente, con carácter previo a su interposición, hubiera presentado oferta osolicitud de participación en la licitación correspondiente, sin perjuicio de lo previsto para los supuestos denulidad de pleno derecho; 1.c) Cuando se interponga contra actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación o contra unacto resultante de la aplicación del procedimiento negociado sin publicidad, el cómputo se iniciará a partir deldía siguiente a aquel en que se haya tenido conocimiento de la posible infracción; 1.d) Cuando se interponga contra la adjudicación del contrato el cómputo se iniciará a partir del día siguiente aaquel en que se haya notificado esta de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquintaa los candidatos o licitadores que hubieran sido admitidos en el procedimiento; 1.e) Cuando el recurso se interponga en relación con alguna modificación basada en el incumplimiento de loestablecido en los artículos 204 y 205 de la presente Ley, por entender que la modificación debió ser objeto deuna nueva adjudicación, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante; 1.f) Cuando el recurso se interponga contra un encargo a medio propio por no cumplir los requisitosestablecidos en el artículo 32 de la presente Ley, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en elperfil de contratante; 1.g) En todos los demás casos, el plazo comenzará a contar desde el día siguiente al de la notificaciónrealizada de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta; 2) No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando el recurso se funde en alguna de las causas denulidad previstas en el apartado 2, letras c), d), e) o f) del artículo 39, el plazo de interposición será el siguiente: 2.a) 30 días a contar desde la publicación de la formalización del contrato en la forma prevista en esta Ley,incluyendo las razones justificativas por las que no se ha publicado en forma legal la convocatoria de lalicitación o desde la notificación a los candidatos o licitadores afectados, de los motivos del rechazo desu candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fuerondeterminantes de la adjudicación a su favor; 2.b) En los restantes casos, antes de que transcurran 6 meses a contar desde la formalización del contrato.
Organización que proporciona información adicional sobre el procedimiento de contratación : Consell Comarcal del Baix Penedès -

5.1 Identificación técnica del lote : LOT-0015

Título : lote 15 1 línea TEC no obligatorio, origen Bellvei
Descripción : 1 línea TEC no obligatorio, origen Bellvei
Identificador interno : Lot 15

5.1.1 Finalidad

Naturaleza del contrato : Servicios
Clasificación principal ( cpv ): 60130000 Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera
Clasificación adicional ( cpv ): 60130000 Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera
Opciones :
Descripción de las opciones : Previstas, con el límite del 20% del precio inicial y obligatoria por el contratista (Art. 206LCSP), por las causas que se indican: Ampliación, disminución, sustitución de los vehículos adscritos al servicio, por otros de mayor o menor capacidad, con motivo de aumento o disminución del alumnado usuario del servicio. Modificación del itinerario de la ruta que comporte disminuir o alargar su recorrido en función de las necesidades del servicio. Adición de un/a acompañante a la ruta para atender al alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidades graves o permanentes y/o con movilidad reducida, para que el número de acompañantes se adapte a lo establecido en el art. 6.3 del Decreto 161/1996, de 14 de mayo, por el que se regula el servicio escolar de transporte. Por otros supuestos no previstos por razones de interés público o por atender causas imprevistas. El precio unitario (€/día) por vehículo-línea será el mismo resultante de la adjudicación del contrato.

5.1.2 Lugar de ejecución

Subdivisión del país (NUTS) : Tarragona ( ES514 )
País : España
Información complementaria :

5.1.3 Duración estimada

Fecha de inicio : 01/09/2023
Fecha de finalización de la duración : 22/06/2025

5.1.4 Renovación

Número máximo de renovaciones : 2

5.1.5 Valor

Valor estimado, IVA excluido : 122 532,48 Euro

5.1.6 Información general

Proyecto de contratación pública no financiado con fondos de la UE
La contratación pública está cubierta por el Acuerdo sobre Contratación Pública (ACP) :

5.1.10 Criterios de adjudicación

Criterio :
Tipo : Calidad
Nombre :
Descripción : Antigüedad de los vehículos titulares desde la primera matriculación
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 20
Criterio :
Tipo : Calidad
Nombre :
Descripción : Formación continuada de los acompañantes
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 10
Criterio :
Tipo : Calidad
Nombre :
Descripción : Distintivo ambiental del vehículo titular
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 10
Criterio :
Tipo : Coste
Nombre :
Descripción : Oferta económica
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 60
Descripción del método que debe utilizarse si la ponderación no puede expresarse mediante criterios :
Justificación de la no indicación de la ponderación de los criterios de adjudicación :

5.1.12 Condiciones de la contratación pública

Información sobre los plazos de revisión : Información precisa sobre el plazo o los plazos de recurso: 1) El procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de 15 díashábiles. Dicho plazo se computará: 1.a) Cuando se interponga contra el anuncio de licitación, el plazo comenzará a contarse a partir del díasiguiente al de su publicación en el perfil de contratante; 1.b) Cuando el recurso se interponga contra el contenido de los pliegos y demás documentos contractuales,el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante elanuncio de licitación, siempre que en este se haya indicado la forma en que los interesados pueden accedera ellos. Cuando no se hiciera esta indicación el plazo comenzará a contar a partir del día siguiente a aquel enque se le hayan entregado al interesado los mismos o este haya podido acceder a su contenido a través delperfil de contratante. En el caso del procedimiento negociado sin publicidad el cómputo del plazo comenzará desde el día siguiente ala remisión de la invitación a los candidatos seleccionados. En los supuestos en que, de conformidad con lo establecido en el artículo 138.2 de la presente Ley, los pliegosno pudieran ser puestos a disposición por medios electrónicos, el plazo se computará a partir del día siguienteen que se hubieran entregado al recurrente. Con carácter general no se admitirá el recurso contra los pliegos y documentos contractuales que hayan deregir una contratación si el recurrente, con carácter previo a su interposición, hubiera presentado oferta osolicitud de participación en la licitación correspondiente, sin perjuicio de lo previsto para los supuestos denulidad de pleno derecho; 1.c) Cuando se interponga contra actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación o contra unacto resultante de la aplicación del procedimiento negociado sin publicidad, el cómputo se iniciará a partir deldía siguiente a aquel en que se haya tenido conocimiento de la posible infracción; 1.d) Cuando se interponga contra la adjudicación del contrato el cómputo se iniciará a partir del día siguiente aaquel en que se haya notificado esta de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquintaa los candidatos o licitadores que hubieran sido admitidos en el procedimiento; 1.e) Cuando el recurso se interponga en relación con alguna modificación basada en el incumplimiento de loestablecido en los artículos 204 y 205 de la presente Ley, por entender que la modificación debió ser objeto deuna nueva adjudicación, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante; 1.f) Cuando el recurso se interponga contra un encargo a medio propio por no cumplir los requisitosestablecidos en el artículo 32 de la presente Ley, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en elperfil de contratante; 1.g) En todos los demás casos, el plazo comenzará a contar desde el día siguiente al de la notificaciónrealizada de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta; 2) No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando el recurso se funde en alguna de las causas denulidad previstas en el apartado 2, letras c), d), e) o f) del artículo 39, el plazo de interposición será el siguiente: 2.a) 30 días a contar desde la publicación de la formalización del contrato en la forma prevista en esta Ley,incluyendo las razones justificativas por las que no se ha publicado en forma legal la convocatoria de lalicitación o desde la notificación a los candidatos o licitadores afectados, de los motivos del rechazo desu candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fuerondeterminantes de la adjudicación a su favor; 2.b) En los restantes casos, antes de que transcurran 6 meses a contar desde la formalización del contrato.

5.1.15 Técnicas

Acuerdo marco :
Ningún acuerdo marco
Información sobre el sistema dinámico de adquisición :
Ningún sistema dinámico de adquisición

5.1.16 Información adicional, mediación y recurso

Organización encargada de los procedimientos de recurso : Tribunal de Contractes del Sector Públic -
Información sobre los plazos de revisión : Información precisa sobre el plazo o los plazos de recurso: 1) El procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de 15 díashábiles. Dicho plazo se computará: 1.a) Cuando se interponga contra el anuncio de licitación, el plazo comenzará a contarse a partir del díasiguiente al de su publicación en el perfil de contratante; 1.b) Cuando el recurso se interponga contra el contenido de los pliegos y demás documentos contractuales,el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante elanuncio de licitación, siempre que en este se haya indicado la forma en que los interesados pueden accedera ellos. Cuando no se hiciera esta indicación el plazo comenzará a contar a partir del día siguiente a aquel enque se le hayan entregado al interesado los mismos o este haya podido acceder a su contenido a través delperfil de contratante. En el caso del procedimiento negociado sin publicidad el cómputo del plazo comenzará desde el día siguiente ala remisión de la invitación a los candidatos seleccionados. En los supuestos en que, de conformidad con lo establecido en el artículo 138.2 de la presente Ley, los pliegosno pudieran ser puestos a disposición por medios electrónicos, el plazo se computará a partir del día siguienteen que se hubieran entregado al recurrente. Con carácter general no se admitirá el recurso contra los pliegos y documentos contractuales que hayan deregir una contratación si el recurrente, con carácter previo a su interposición, hubiera presentado oferta osolicitud de participación en la licitación correspondiente, sin perjuicio de lo previsto para los supuestos denulidad de pleno derecho; 1.c) Cuando se interponga contra actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación o contra unacto resultante de la aplicación del procedimiento negociado sin publicidad, el cómputo se iniciará a partir deldía siguiente a aquel en que se haya tenido conocimiento de la posible infracción; 1.d) Cuando se interponga contra la adjudicación del contrato el cómputo se iniciará a partir del día siguiente aaquel en que se haya notificado esta de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquintaa los candidatos o licitadores que hubieran sido admitidos en el procedimiento; 1.e) Cuando el recurso se interponga en relación con alguna modificación basada en el incumplimiento de loestablecido en los artículos 204 y 205 de la presente Ley, por entender que la modificación debió ser objeto deuna nueva adjudicación, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante; 1.f) Cuando el recurso se interponga contra un encargo a medio propio por no cumplir los requisitosestablecidos en el artículo 32 de la presente Ley, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en elperfil de contratante; 1.g) En todos los demás casos, el plazo comenzará a contar desde el día siguiente al de la notificaciónrealizada de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta; 2) No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando el recurso se funde en alguna de las causas denulidad previstas en el apartado 2, letras c), d), e) o f) del artículo 39, el plazo de interposición será el siguiente: 2.a) 30 días a contar desde la publicación de la formalización del contrato en la forma prevista en esta Ley,incluyendo las razones justificativas por las que no se ha publicado en forma legal la convocatoria de lalicitación o desde la notificación a los candidatos o licitadores afectados, de los motivos del rechazo desu candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fuerondeterminantes de la adjudicación a su favor; 2.b) En los restantes casos, antes de que transcurran 6 meses a contar desde la formalización del contrato.
Organización que proporciona información adicional sobre el procedimiento de contratación : Consell Comarcal del Baix Penedès -

5.1 Identificación técnica del lote : LOT-0016

Título : lote 16 1 línea TEC no obligatorio, origen Banyeres del Penedès
Descripción : 1 línea TEC no obligatorio, origen Banyeres del Penedès
Identificador interno : Lot 16

5.1.1 Finalidad

Naturaleza del contrato : Servicios
Clasificación principal ( cpv ): 60130000 Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera
Clasificación adicional ( cpv ): 60130000 Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera
Opciones :
Descripción de las opciones : Previstas, con el límite del 20% del precio inicial y obligatoria por el contratista (Art. 206LCSP), por las causas que se indican: Ampliación, disminución, sustitución de los vehículos adscritos al servicio, por otros de mayor o menor capacidad, con motivo de aumento o disminución del alumnado usuario del servicio. Modificación del itinerario de la ruta que comporte disminuir o alargar su recorrido en función de las necesidades del servicio. Adición de un/a acompañante a la ruta para atender al alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidades graves o permanentes y/o con movilidad reducida, para que el número de acompañantes se adapte a lo establecido en el art. 6.3 del Decreto 161/1996, de 14 de mayo, por el que se regula el servicio escolar de transporte. Por otros supuestos no previstos por razones de interés público o por atender causas imprevistas. El precio unitario (€/día) por vehículo-línea será el mismo resultante de la adjudicación del contrato.

5.1.2 Lugar de ejecución

Subdivisión del país (NUTS) : Tarragona ( ES514 )
País : España
Información complementaria :

5.1.3 Duración estimada

Fecha de inicio : 01/09/2023
Fecha de finalización de la duración : 22/06/2025

5.1.4 Renovación

Número máximo de renovaciones : 2

5.1.5 Valor

Valor estimado, IVA excluido : 104 829,12 Euro

5.1.6 Información general

Proyecto de contratación pública no financiado con fondos de la UE
La contratación pública está cubierta por el Acuerdo sobre Contratación Pública (ACP) :

5.1.10 Criterios de adjudicación

Criterio :
Tipo : Calidad
Nombre :
Descripción : Antigüedad de los vehículos titulares desde la primera matriculación
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 20
Criterio :
Tipo : Calidad
Nombre :
Descripción : Formación continuada de los acompañantes
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 10
Criterio :
Tipo : Calidad
Nombre :
Descripción : Distintivo ambiental del vehículo titular
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 10
Criterio :
Tipo : Coste
Nombre :
Descripción : Oferta económica
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 60
Descripción del método que debe utilizarse si la ponderación no puede expresarse mediante criterios :
Justificación de la no indicación de la ponderación de los criterios de adjudicación :

5.1.12 Condiciones de la contratación pública

Información sobre los plazos de revisión : Información precisa sobre el plazo o los plazos de recurso: 1) El procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de 15 díashábiles. Dicho plazo se computará: 1.a) Cuando se interponga contra el anuncio de licitación, el plazo comenzará a contarse a partir del díasiguiente al de su publicación en el perfil de contratante; 1.b) Cuando el recurso se interponga contra el contenido de los pliegos y demás documentos contractuales,el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante elanuncio de licitación, siempre que en este se haya indicado la forma en que los interesados pueden accedera ellos. Cuando no se hiciera esta indicación el plazo comenzará a contar a partir del día siguiente a aquel enque se le hayan entregado al interesado los mismos o este haya podido acceder a su contenido a través delperfil de contratante. En el caso del procedimiento negociado sin publicidad el cómputo del plazo comenzará desde el día siguiente ala remisión de la invitación a los candidatos seleccionados. En los supuestos en que, de conformidad con lo establecido en el artículo 138.2 de la presente Ley, los pliegosno pudieran ser puestos a disposición por medios electrónicos, el plazo se computará a partir del día siguienteen que se hubieran entregado al recurrente. Con carácter general no se admitirá el recurso contra los pliegos y documentos contractuales que hayan deregir una contratación si el recurrente, con carácter previo a su interposición, hubiera presentado oferta osolicitud de participación en la licitación correspondiente, sin perjuicio de lo previsto para los supuestos denulidad de pleno derecho; 1.c) Cuando se interponga contra actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación o contra unacto resultante de la aplicación del procedimiento negociado sin publicidad, el cómputo se iniciará a partir deldía siguiente a aquel en que se haya tenido conocimiento de la posible infracción; 1.d) Cuando se interponga contra la adjudicación del contrato el cómputo se iniciará a partir del día siguiente aaquel en que se haya notificado esta de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquintaa los candidatos o licitadores que hubieran sido admitidos en el procedimiento; 1.e) Cuando el recurso se interponga en relación con alguna modificación basada en el incumplimiento de loestablecido en los artículos 204 y 205 de la presente Ley, por entender que la modificación debió ser objeto deuna nueva adjudicación, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante; 1.f) Cuando el recurso se interponga contra un encargo a medio propio por no cumplir los requisitosestablecidos en el artículo 32 de la presente Ley, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en elperfil de contratante; 1.g) En todos los demás casos, el plazo comenzará a contar desde el día siguiente al de la notificaciónrealizada de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta; 2) No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando el recurso se funde en alguna de las causas denulidad previstas en el apartado 2, letras c), d), e) o f) del artículo 39, el plazo de interposición será el siguiente: 2.a) 30 días a contar desde la publicación de la formalización del contrato en la forma prevista en esta Ley,incluyendo las razones justificativas por las que no se ha publicado en forma legal la convocatoria de lalicitación o desde la notificación a los candidatos o licitadores afectados, de los motivos del rechazo desu candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fuerondeterminantes de la adjudicación a su favor; 2.b) En los restantes casos, antes de que transcurran 6 meses a contar desde la formalización del contrato.

5.1.15 Técnicas

Acuerdo marco :
Ningún acuerdo marco
Información sobre el sistema dinámico de adquisición :
Ningún sistema dinámico de adquisición

5.1.16 Información adicional, mediación y recurso

Organización encargada de los procedimientos de recurso : Tribunal de Contractes del Sector Públic -
Información sobre los plazos de revisión : Información precisa sobre el plazo o los plazos de recurso: 1) El procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de 15 díashábiles. Dicho plazo se computará: 1.a) Cuando se interponga contra el anuncio de licitación, el plazo comenzará a contarse a partir del díasiguiente al de su publicación en el perfil de contratante; 1.b) Cuando el recurso se interponga contra el contenido de los pliegos y demás documentos contractuales,el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante elanuncio de licitación, siempre que en este se haya indicado la forma en que los interesados pueden accedera ellos. Cuando no se hiciera esta indicación el plazo comenzará a contar a partir del día siguiente a aquel enque se le hayan entregado al interesado los mismos o este haya podido acceder a su contenido a través delperfil de contratante. En el caso del procedimiento negociado sin publicidad el cómputo del plazo comenzará desde el día siguiente ala remisión de la invitación a los candidatos seleccionados. En los supuestos en que, de conformidad con lo establecido en el artículo 138.2 de la presente Ley, los pliegosno pudieran ser puestos a disposición por medios electrónicos, el plazo se computará a partir del día siguienteen que se hubieran entregado al recurrente. Con carácter general no se admitirá el recurso contra los pliegos y documentos contractuales que hayan deregir una contratación si el recurrente, con carácter previo a su interposición, hubiera presentado oferta osolicitud de participación en la licitación correspondiente, sin perjuicio de lo previsto para los supuestos denulidad de pleno derecho; 1.c) Cuando se interponga contra actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación o contra unacto resultante de la aplicación del procedimiento negociado sin publicidad, el cómputo se iniciará a partir deldía siguiente a aquel en que se haya tenido conocimiento de la posible infracción; 1.d) Cuando se interponga contra la adjudicación del contrato el cómputo se iniciará a partir del día siguiente aaquel en que se haya notificado esta de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquintaa los candidatos o licitadores que hubieran sido admitidos en el procedimiento; 1.e) Cuando el recurso se interponga en relación con alguna modificación basada en el incumplimiento de loestablecido en los artículos 204 y 205 de la presente Ley, por entender que la modificación debió ser objeto deuna nueva adjudicación, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante; 1.f) Cuando el recurso se interponga contra un encargo a medio propio por no cumplir los requisitosestablecidos en el artículo 32 de la presente Ley, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en elperfil de contratante; 1.g) En todos los demás casos, el plazo comenzará a contar desde el día siguiente al de la notificaciónrealizada de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta; 2) No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando el recurso se funde en alguna de las causas denulidad previstas en el apartado 2, letras c), d), e) o f) del artículo 39, el plazo de interposición será el siguiente: 2.a) 30 días a contar desde la publicación de la formalización del contrato en la forma prevista en esta Ley,incluyendo las razones justificativas por las que no se ha publicado en forma legal la convocatoria de lalicitación o desde la notificación a los candidatos o licitadores afectados, de los motivos del rechazo desu candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fuerondeterminantes de la adjudicación a su favor; 2.b) En los restantes casos, antes de que transcurran 6 meses a contar desde la formalización del contrato.
Organización que proporciona información adicional sobre el procedimiento de contratación : Consell Comarcal del Baix Penedès -

5.1 Identificación técnica del lote : LOT-0017

Título : lote 17 2 líneas TEC no obligatorio, origen la Bisbal del Penedès
Descripción : 2 líneas TEC no obligatorio, origen la Bisbal del Penedès
Identificador interno : Lot 17

5.1.1 Finalidad

Naturaleza del contrato : Servicios
Clasificación principal ( cpv ): 60130000 Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera
Clasificación adicional ( cpv ): 60130000 Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera
Opciones :
Descripción de las opciones : Previstas, con el límite del 20% del precio inicial y obligatoria por el contratista (Art. 206LCSP), por las causas que se indican: Ampliación, disminución, sustitución de los vehículos adscritos al servicio, por otros de mayor o menor capacidad, con motivo de aumento o disminución del alumnado usuario del servicio. Modificación del itinerario de la ruta que comporte disminuir o alargar su recorrido en función de las necesidades del servicio. Adición de un/a acompañante a la ruta para atender al alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidades graves o permanentes y/o con movilidad reducida, para que el número de acompañantes se adapte a lo establecido en el art. 6.3 del Decreto 161/1996, de 14 de mayo, por el que se regula el servicio escolar de transporte. Por otros supuestos no previstos por razones de interés público o por atender causas imprevistas. El precio unitario (€/día) por vehículo-línea será el mismo resultante de la adjudicación del contrato.

5.1.2 Lugar de ejecución

Subdivisión del país (NUTS) : Tarragona ( ES514 )
País : España
Información complementaria :

5.1.3 Duración estimada

Fecha de inicio : 01/09/2023
Fecha de finalización de la duración : 22/06/2025

5.1.4 Renovación

Número máximo de renovaciones : 2

5.1.5 Valor

Valor estimado, IVA excluido : 325 157,76 Euro

5.1.6 Información general

Proyecto de contratación pública no financiado con fondos de la UE
La contratación pública está cubierta por el Acuerdo sobre Contratación Pública (ACP) :

5.1.10 Criterios de adjudicación

Criterio :
Tipo : Calidad
Nombre :
Descripción : Antigüedad de los vehículos titulares desde la primera matriculación
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 20
Criterio :
Tipo : Calidad
Nombre :
Descripción : Formación continuada de los acompañantes
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 10
Criterio :
Tipo : Calidad
Nombre :
Descripción : Distintivo ambiental del vehículo titular
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 10
Criterio :
Tipo : Coste
Nombre :
Descripción : Oferta económica
Categoría del criterio de adjudicación de umbral : Ponderación (porcentaje, exacto)
Criterio de adjudicación: número : 60
Descripción del método que debe utilizarse si la ponderación no puede expresarse mediante criterios :
Justificación de la no indicación de la ponderación de los criterios de adjudicación :

5.1.12 Condiciones de la contratación pública

Información sobre los plazos de revisión : Información precisa sobre el plazo o los plazos de recurso: 1) El procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de 15 díashábiles. Dicho plazo se computará: 1.a) Cuando se interponga contra el anuncio de licitación, el plazo comenzará a contarse a partir del díasiguiente al de su publicación en el perfil de contratante; 1.b) Cuando el recurso se interponga contra el contenido de los pliegos y demás documentos contractuales,el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante elanuncio de licitación, siempre que en este se haya indicado la forma en que los interesados pueden accedera ellos. Cuando no se hiciera esta indicación el plazo comenzará a contar a partir del día siguiente a aquel enque se le hayan entregado al interesado los mismos o este haya podido acceder a su contenido a través delperfil de contratante. En el caso del procedimiento negociado sin publicidad el cómputo del plazo comenzará desde el día siguiente ala remisión de la invitación a los candidatos seleccionados. En los supuestos en que, de conformidad con lo establecido en el artículo 138.2 de la presente Ley, los pliegosno pudieran ser puestos a disposición por medios electrónicos, el plazo se computará a partir del día siguienteen que se hubieran entregado al recurrente. Con carácter general no se admitirá el recurso contra los pliegos y documentos contractuales que hayan deregir una contratación si el recurrente, con carácter previo a su interposición, hubiera presentado oferta osolicitud de participación en la licitación correspondiente, sin perjuicio de lo previsto para los supuestos denulidad de pleno derecho; 1.c) Cuando se interponga contra actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación o contra unacto resultante de la aplicación del procedimiento negociado sin publicidad, el cómputo se iniciará a partir deldía siguiente a aquel en que se haya tenido conocimiento de la posible infracción; 1.d) Cuando se interponga contra la adjudicación del contrato el cómputo se iniciará a partir del día siguiente aaquel en que se haya notificado esta de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquintaa los candidatos o licitadores que hubieran sido admitidos en el procedimiento; 1.e) Cuando el recurso se interponga en relación con alguna modificación basada en el incumplimiento de loestablecido en los artículos 204 y 205 de la presente Ley, por entender que la modificación debió ser objeto deuna nueva adjudicación, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante; 1.f) Cuando el recurso se interponga contra un encargo a medio propio por no cumplir los requisitosestablecidos en el artículo 32 de la presente Ley, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en elperfil de contratante; 1.g) En todos los demás casos, el plazo comenzará a contar desde el día siguiente al de la notificaciónrealizada de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta; 2) No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando el recurso se funde en alguna de las causas denulidad previstas en el apartado 2, letras c), d), e) o f) del artículo 39, el plazo de interposición será el siguiente: 2.a) 30 días a contar desde la publicación de la formalización del contrato en la forma prevista en esta Ley,incluyendo las razones justificativas por las que no se ha publicado en forma legal la convocatoria de lalicitación o desde la notificación a los candidatos o licitadores afectados, de los motivos del rechazo desu candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fuerondeterminantes de la adjudicación a su favor; 2.b) En los restantes casos, antes de que transcurran 6 meses a contar desde la formalización del contrato.

5.1.15 Técnicas

Acuerdo marco :
Ningún acuerdo marco
Información sobre el sistema dinámico de adquisición :
Ningún sistema dinámico de adquisición

5.1.16 Información adicional, mediación y recurso

Organización encargada de los procedimientos de recurso : Tribunal de Contractes del Sector Públic -
Información sobre los plazos de revisión : Información precisa sobre el plazo o los plazos de recurso: 1) El procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de 15 díashábiles. Dicho plazo se computará: 1.a) Cuando se interponga contra el anuncio de licitación, el plazo comenzará a contarse a partir del díasiguiente al de su publicación en el perfil de contratante; 1.b) Cuando el recurso se interponga contra el contenido de los pliegos y demás documentos contractuales,el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante elanuncio de licitación, siempre que en este se haya indicado la forma en que los interesados pueden accedera ellos. Cuando no se hiciera esta indicación el plazo comenzará a contar a partir del día siguiente a aquel enque se le hayan entregado al interesado los mismos o este haya podido acceder a su contenido a través delperfil de contratante. En el caso del procedimiento negociado sin publicidad el cómputo del plazo comenzará desde el día siguiente ala remisión de la invitación a los candidatos seleccionados. En los supuestos en que, de conformidad con lo establecido en el artículo 138.2 de la presente Ley, los pliegosno pudieran ser puestos a disposición por medios electrónicos, el plazo se computará a partir del día siguienteen que se hubieran entregado al recurrente. Con carácter general no se admitirá el recurso contra los pliegos y documentos contractuales que hayan deregir una contratación si el recurrente, con carácter previo a su interposición, hubiera presentado oferta osolicitud de participación en la licitación correspondiente, sin perjuicio de lo previsto para los supuestos denulidad de pleno derecho; 1.c) Cuando se interponga contra actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación o contra unacto resultante de la aplicación del procedimiento negociado sin publicidad, el cómputo se iniciará a partir deldía siguiente a aquel en que se haya tenido conocimiento de la posible infracción; 1.d) Cuando se interponga contra la adjudicación del contrato el cómputo se iniciará a partir del día siguiente aaquel en que se haya notificado esta de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquintaa los candidatos o licitadores que hubieran sido admitidos en el procedimiento; 1.e) Cuando el recurso se interponga en relación con alguna modificación basada en el incumplimiento de loestablecido en los artículos 204 y 205 de la presente Ley, por entender que la modificación debió ser objeto deuna nueva adjudicación, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante; 1.f) Cuando el recurso se interponga contra un encargo a medio propio por no cumplir los requisitosestablecidos en el artículo 32 de la presente Ley, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en elperfil de contratante; 1.g) En todos los demás casos, el plazo comenzará a contar desde el día siguiente al de la notificaciónrealizada de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta; 2) No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando el recurso se funde en alguna de las causas denulidad previstas en el apartado 2, letras c), d), e) o f) del artículo 39, el plazo de interposición será el siguiente: 2.a) 30 días a contar desde la publicación de la formalización del contrato en la forma prevista en esta Ley,incluyendo las razones justificativas por las que no se ha publicado en forma legal la convocatoria de lalicitación o desde la notificación a los candidatos o licitadores afectados, de los motivos del rechazo desu candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fuerondeterminantes de la adjudicación a su favor; 2.b) En los restantes casos, antes de que transcurran 6 meses a contar desde la formalización del contrato.
Organización que proporciona información adicional sobre el procedimiento de contratación : Consell Comarcal del Baix Penedès -

6. Resultados

Valor de todos los contratos adjudicados en este aviso : 2 182 961,76 Euro

6.1 Resultados: identificador de lotes : LOT-0001

Se ha escogido al menos un ganador.

6.1.2 Información de los ganadores

Ganador :
Denominación oficial : TERESA Y JOSE PLANA EMPRESA PLANA SL
Oferta :
Identificador de la oferta : L1 TERESA Y JOSE PLANA EMPRESA PLANA SL
Identificador del lote o el grupo de lotes : LOT-0001
Valor de la licitación : 230 866,44 Euro
Subcontratación : No se sabe aún
Información del contrato :
Identificador del contrato : Contrato 2429/2023
Fecha de celebración del contrato : 28/09/2023

6.1.4 Información estadística

Ofertas o solicitudes de participación recibidas :
Tipo de presentaciones recibidas : Ofertas
Número de ofertas o solicitudes de participación recibidas : 1

6.1 Resultados: identificador de lotes : LOT-0002

Se ha escogido al menos un ganador.

6.1.2 Información de los ganadores

Ganador :
Denominación oficial : TERESA Y JOSE PLANA EMPRESA PLANA SL
Oferta :
Identificador de la oferta : L2 TERESA Y JOSE PLANA EMPRESA PLANA SL
Identificador del lote o el grupo de lotes : LOT-0002
Valor de la licitación : 129 633,42 Euro
La oferta se ha posicionado :
Subcontratación : No se sabe aún
Información del contrato :
Identificador del contrato : Contrato 2429/2023
Fecha de celebración del contrato : 28/09/2023

6.1.4 Información estadística

Ofertas o solicitudes de participación recibidas :
Tipo de presentaciones recibidas : Ofertas
Número de ofertas o solicitudes de participación recibidas : 1

6.1 Resultados: identificador de lotes : LOT-0003

Se ha escogido al menos un ganador.

6.1.2 Información de los ganadores

Ganador :
Denominación oficial : TERESA Y JOSE PLANA EMPRESA PLANA SL
Oferta :
Identificador de la oferta : L3 TERESA Y JOSE PLANA EMPRESA PLANA SL
Identificador del lote o el grupo de lotes : LOT-0003
Valor de la licitación : 183 655,92 Euro
La oferta se ha posicionado :
Subcontratación : No se sabe aún
Información del contrato :
Identificador del contrato : Contrato 2429/2023
Fecha de celebración del contrato : 28/09/2023

6.1.4 Información estadística

Ofertas o solicitudes de participación recibidas :
Tipo de presentaciones recibidas : Ofertas
Número de ofertas o solicitudes de participación recibidas : 1

6.1 Resultados: identificador de lotes : LOT-0004

No se ha escogido a ningún ganador y la licitación está cerrada.
Motivo por el que no se eligió un ganador : No se recibieron ofertas, solicitudes de participación ni proyectos

6.1.4 Información estadística

Ofertas o solicitudes de participación recibidas :
Tipo de presentaciones recibidas : Ofertas
Número de ofertas o solicitudes de participación recibidas : 0

6.1 Resultados: identificador de lotes : LOT-0005

Se ha escogido al menos un ganador.

6.1.2 Información de los ganadores

Ganador :
Denominación oficial : TERESA Y JOSE PLANA EMPRESA PLANA SL
Oferta :
Identificador de la oferta : L5 TERESA Y JOSE PLANA EMPRESA PLANA SL
Identificador del lote o el grupo de lotes : LOT-0005
Valor de la licitación : 298 485,46 Euro
La oferta se ha posicionado :
Subcontratación : No se sabe aún
Información del contrato :
Identificador del contrato : Contrato 2429/2023
Fecha de celebración del contrato : 28/09/2023

6.1.4 Información estadística

Ofertas o solicitudes de participación recibidas :
Tipo de presentaciones recibidas : Ofertas
Número de ofertas o solicitudes de participación recibidas : 1

6.1 Resultados: identificador de lotes : LOT-0006

Se ha escogido al menos un ganador.

6.1.2 Información de los ganadores

Ganador :
Denominación oficial : TERESA Y JOSE PLANA EMPRESA PLANA SL
Oferta :
Identificador de la oferta : L6 TERESA Y JOSE PLANA EMPRESA PLANA SL
Identificador del lote o el grupo de lotes : LOT-0006
Valor de la licitación : 222 987,73 Euro
La oferta se ha posicionado :
Subcontratación : No se sabe aún
Información del contrato :
Identificador del contrato : Contrato 2429/2023
Fecha de celebración del contrato : 28/09/2023

6.1.4 Información estadística

Ofertas o solicitudes de participación recibidas :
Tipo de presentaciones recibidas : Ofertas
Número de ofertas o solicitudes de participación recibidas : 1

6.1 Resultados: identificador de lotes : LOT-0007

Se ha escogido al menos un ganador.

6.1.2 Información de los ganadores

Ganador :
Denominación oficial : TERESA Y JOSE PLANA EMPRESA PLANA SL
Oferta :
Identificador de la oferta : L7 TERESA Y JOSE PLANA EMPRESA PLANA SL
Identificador del lote o el grupo de lotes : LOT-0007
Valor de la licitación : 325 266,9 Euro
La oferta se ha posicionado :
Subcontratación : No se sabe aún
Información del contrato :
Identificador del contrato : Contrato 2429/2023
Fecha de celebración del contrato : 28/09/2023

6.1.4 Información estadística

Ofertas o solicitudes de participación recibidas :
Tipo de presentaciones recibidas : Ofertas
Número de ofertas o solicitudes de participación recibidas : 1

6.1 Resultados: identificador de lotes : LOT-0008

Se ha escogido al menos un ganador.

6.1.2 Información de los ganadores

Ganador :
Denominación oficial : TERESA Y JOSE PLANA EMPRESA PLANA SL
Oferta :
Identificador de la oferta : L8 TERESA Y JOSE PLANA EMPRESA PLANA SL
Identificador del lote o el grupo de lotes : LOT-0008
Valor de la licitación : 128 690,17 Euro
La oferta se ha posicionado :
Subcontratación : No se sabe aún
Información del contrato :
Identificador del contrato : Contrato 2429/2023
Fecha de celebración del contrato : 28/09/2023

6.1.4 Información estadística

Ofertas o solicitudes de participación recibidas :
Tipo de presentaciones recibidas : Ofertas
Número de ofertas o solicitudes de participación recibidas : 1

6.1 Resultados: identificador de lotes : LOT-0009

Se ha escogido al menos un ganador.

6.1.2 Información de los ganadores

Ganador :
Denominación oficial : TERESA Y JOSE PLANA EMPRESA PLANA SL
Oferta :
Identificador de la oferta : L9 TERESA Y JOSE PLANA EMPRESA PLANA SL
Identificador del lote o el grupo de lotes : LOT-0009
Valor de la licitación : 51 127,58 Euro
La oferta se ha posicionado :
Subcontratación : No se sabe aún
Información del contrato :
Identificador del contrato : Contrato 2429/2023
Fecha de celebración del contrato : 28/09/2023

6.1.4 Información estadística

Ofertas o solicitudes de participación recibidas :
Tipo de presentaciones recibidas : Ofertas
Número de ofertas o solicitudes de participación recibidas : 1

6.1 Resultados: identificador de lotes : LOT-0010

Se ha escogido al menos un ganador.

6.1.2 Información de los ganadores

Ganador :
Denominación oficial : TERESA Y JOSE PLANA EMPRESA PLANA SL
Oferta :
Identificador de la oferta : L10 TERESA Y JOSE PLANA EMPRESA PLANA SL
Identificador del lote o el grupo de lotes : LOT-0010
Valor de la licitación : 102 827,97 Euro
La oferta se ha posicionado :
Subcontratación : No se sabe aún
Información del contrato :
Identificador del contrato : Contrato 2429/2023
Fecha de celebración del contrato : 28/09/2023

6.1.4 Información estadística

Ofertas o solicitudes de participación recibidas :
Tipo de presentaciones recibidas : Ofertas
Número de ofertas o solicitudes de participación recibidas : 1

6.1 Resultados: identificador de lotes : LOT-0011

Se ha escogido al menos un ganador.

6.1.2 Información de los ganadores

Ganador :
Denominación oficial : TERESA Y JOSE PLANA EMPRESA PLANA SL
Oferta :
Identificador de la oferta : L11 TERESA Y JOSE PLANA EMPRESA PLANA SL
Identificador del lote o el grupo de lotes : LOT-0011
Valor de la licitación : 70 146,93 Euro
La oferta se ha posicionado :
Subcontratación : No se sabe aún
Información del contrato :
Identificador del contrato : Contrato 2429/2023
Fecha de celebración del contrato : 28/09/2023

6.1.4 Información estadística

Ofertas o solicitudes de participación recibidas :
Tipo de presentaciones recibidas : Ofertas
Número de ofertas o solicitudes de participación recibidas : 1

6.1 Resultados: identificador de lotes : LOT-0012

Se ha escogido al menos un ganador.

6.1.2 Información de los ganadores

Ganador :
Denominación oficial : TERESA Y JOSE PLANA EMPRESA PLANA SL
Oferta :
Identificador de la oferta : L12 TERESA Y JOSE PLANA EMPRESA PLANA SL
Identificador del lote o el grupo de lotes : LOT-0012
Valor de la licitación : 210 749,49 Euro
La oferta se ha posicionado :
Subcontratación : No se sabe aún
Información del contrato :
Identificador del contrato : Contrato 2429/2023
Fecha de celebración del contrato : 28/09/2023

6.1.4 Información estadística

Ofertas o solicitudes de participación recibidas :
Tipo de presentaciones recibidas : Ofertas
Número de ofertas o solicitudes de participación recibidas : 1

6.1 Resultados: identificador de lotes : LOT-0013

Se ha escogido al menos un ganador.

6.1.2 Información de los ganadores

Ganador :
Denominación oficial : TERESA Y JOSE PLANA EMPRESA PLANA SL
Oferta :
Identificador de la oferta : L13 TERESA Y JOSE PLANA EMPRESA PLANA SL
Identificador del lote o el grupo de lotes : LOT-0013
Valor de la licitación : 58 172,8 Euro
La oferta se ha posicionado :
Subcontratación : No se sabe aún
Información del contrato :
Identificador del contrato : Contrato 2429/2023
Fecha de celebración del contrato : 28/09/2023

6.1.4 Información estadística

Ofertas o solicitudes de participación recibidas :
Tipo de presentaciones recibidas : Ofertas
Número de ofertas o solicitudes de participación recibidas : 1

6.1 Resultados: identificador de lotes : LOT-0014

No se ha escogido a ningún ganador y la licitación está cerrada.
Motivo por el que no se eligió un ganador : No se recibieron ofertas, solicitudes de participación ni proyectos

6.1.4 Información estadística

Ofertas o solicitudes de participación recibidas :
Tipo de presentaciones recibidas : Ofertas
Número de ofertas o solicitudes de participación recibidas : 0

6.1 Resultados: identificador de lotes : LOT-0015

No se ha escogido a ningún ganador y la licitación está cerrada.
Motivo por el que no se eligió un ganador : No se recibieron ofertas, solicitudes de participación ni proyectos

6.1.4 Información estadística

Ofertas o solicitudes de participación recibidas :
Tipo de presentaciones recibidas : Ofertas
Número de ofertas o solicitudes de participación recibidas : 0

6.1 Resultados: identificador de lotes : LOT-0016

Se ha escogido al menos un ganador.

6.1.2 Información de los ganadores

Ganador :
Denominación oficial : TERESA Y JOSE PLANA EMPRESA PLANA SL
Oferta :
Identificador de la oferta : L16 TERESA Y JOSE PLANA EMPRESA PLANA SL
Identificador del lote o el grupo de lotes : LOT-0016
Valor de la licitación : 58 172,8 Euro
La oferta se ha posicionado :
Subcontratación : No se sabe aún
Información del contrato :
Identificador del contrato : Contrato 2429/2023
Fecha de celebración del contrato : 28/09/2023

6.1.4 Información estadística

Ofertas o solicitudes de participación recibidas :
Tipo de presentaciones recibidas : Ofertas
Número de ofertas o solicitudes de participación recibidas : 1

6.1 Resultados: identificador de lotes : LOT-0017

Se ha escogido al menos un ganador.

6.1.2 Información de los ganadores

Ganador :
Denominación oficial : TERESA Y JOSE PLANA EMPRESA PLANA SL
Oferta :
Identificador de la oferta : L17 TERESA Y JOSE PLANA EMPRESA PLANA SL
Identificador del lote o el grupo de lotes : LOT-0017
Valor de la licitación : 58 172,8 Euro
La oferta se ha posicionado :
Subcontratación : No se sabe aún
Información del contrato :
Identificador del contrato : Contrato 2429/2023
Fecha de celebración del contrato : 28/09/2023

6.1.4 Información estadística

Ofertas o solicitudes de participación recibidas :
Tipo de presentaciones recibidas : Ofertas
Número de ofertas o solicitudes de participación recibidas : 1

8. Organizaciones

8.1 ORG-0001

Denominación oficial : Consell Comarcal del Baix Penedès
Número de registro : P9300006E
Dirección postal : P. Centre, 5
Localidad : El Vendrell
Código postal : 43700
Subdivisión del país (NUTS) : Tarragona ( ES514 )
País : España
Punto de contacto : David Fullera
Correo electrónico : secretaria@baixpenedes.cat
Teléfono : +34 977157164
Dirección de internet : www.baixpenedes.cat
Funciones de esta organización :
Comprador
Organización que proporciona información adicional sobre el procedimiento de contratación

8.1 ORG-0002

Denominación oficial : Tribunal de Contractes del Sector Públic
Número de registro : Tribunal de Contractes del Sector Públic
Dirección postal : Via Laietana, 14
Localidad : Barcelona
Código postal : 08003
Subdivisión del país (NUTS) : Barcelona ( ES511 )
País : España
Teléfono : +34 938876200
Fax : +34 932681125
Funciones de esta organización :
Organización encargada de los procedimientos de recurso

8.1 ORG-0004

Denominación oficial : TERESA Y JOSE PLANA EMPRESA PLANA SL
Número de registro : B43009091
Localidad : Constantí
Código postal : 43120
Subdivisión del país (NUTS) : Tarragona ( ES514 )
País : España
Funciones de esta organización :
Licitador
Ganador de estos lotes : LOT-0001 LOT-0002 LOT-0003 LOT-0005 LOT-0006 LOT-0007 LOT-0008 LOT-0009 LOT-0010 LOT-0011 LOT-0012 LOT-0013 LOT-0016 LOT-0017

8.1 ORG-0000

Denominación oficial : Publications Office of the European Union
Número de registro : PUBL
Localidad : Luxembourg
Código postal : 2417
Subdivisión del país (NUTS) : Luxembourg ( LU000 )
País : Luxemburgo
Correo electrónico : ted@publications.europa.eu
Teléfono : +352 29291
Dirección de internet : https://op.europa.eu
Funciones de esta organización :
TED eSender

11. Información del anuncio

11.1 Información del anuncio

Identificador/versión del anuncio : 5a592772-334b-43bc-9de9-39019119ead7 - 01
Tipo de formulario : Resultados
Tipo de anuncio : Anuncio de adjudicación de contrato o concesión. Régimen normal
Fecha de envío del anuncio : 17/03/2025 09:15 +00:00
Lenguas en las que este anuncio está disponible oficialmente : español

11.2 Información de publicación

Número de publicación del anuncio : 00172857-2025
Número de la edición del DO S : 54/2025
Fecha de publicación : 18/03/2025