Descripción
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El cierre de la variante de Guardo es una actuación que debe abordarse de forma prioritaria. Hace varios años las obras fueron contratadas y ejecutadas en parte; habiéndose realizado ya el cierre de la conexión entre la carretera CL-626 y CL-615 por el “este”, restando únicamente concluir la parte “oeste”. Este cierre se concreta prácticamente en su totalidad en la finalización del tablero de una estructura singular - en torno a 1 km. de longitud - cuyas pilas y estribos ya están construidos, incluso alguno de sus vanos, de ahí el propósito de terminar las obras y poner en servicio la totalidad de la longitud de la Variante de Guardo, entre el p.k. 0+000 y el final, p.k. 4+498, con el fin de que preste el servicio para el que fue proyectada, permitiendo la conexión del inicio de la Variante con el Tramo “A” que ya está ejecutado. El viaducto sobre el río Carrión, que discurre entre el p.k. 0+580 y 1+460, con 882 m de longitud y una altura máxima sobre el valle del río de 75 m, es una estructura singular de dimensiones excepcionales y de gran complejidad técnica, de la que ya se ha ejecutado un tramo de tablero de 140 m, con el método constructivo de cimbra autolanzable. Dado que este método de construcción se considera el más adecuado para continuar y finalizar la construcción del tablero, los medios auxiliares a utilizar, es decir, las propias características de la autocimbra y del sistema de guiado, condicionan el detalle concreto del procedimiento constructivo, que será particular y propio de cada empresa licitadora, por lo que esa definición es la que resulta determinante a la hora de la contratación, no quedando otras cuestiones sustanciales que fijar, de ahí que se precise que sean las empresas constructoras las que tengan que ofertarlo y que, posteriormente, el adjudicatario lo concrete y materialice en su propio proyecto constructivo. Por este motivo se ha elegido, como más adecuado, un procedimiento de contratación, en el que sea el empresario adjudicatario el que presente su propio proyecto de Construcción de la obra, de acuerdo con lo previsto en el Art. 234 de la vigente LCSP. Una vez adjudicado el contrato y aprobado el Proyecto de Construcción, se precisa contar con una Dirección Facultativa de las Obras experimentada y que preste unos servicios muy concretos. Dada la complejidad técnica de los trabajos a desarrollar, esa labor deberá externalizarse al no contar el Servicio Territorial de Movilidad y Transformación Digital de Palencia con los medios materiales y técnicos necesarios. De ahí la necesidad e idoneidad del contrato que se promueve.